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Acreencias bancarias: ¿Hasta cuándo puedo cobrarlas y cómo hacerlo?

Existe un plazo para cobrar tus acreencias bancarias. Si lo dejas vencer, el dinero es devuelto al Fisco.

Acreencias Bancarias
Acreencias Bancarias Consulta si tienes acreencias bancarias pendientes de pago. Créditos: ATON

En los diferentes bancos, existe algo denominado acreencias bancarias. Estos son montos que se mantienen temporalmente bajo custodia de estas entidades a la espera de su retiro por parte de los titulares.

El pago de estos valores significa la cancelación del dinero olvidado, especialmente en cuentas bancarias que no tuvieron movimiento alguno en los últimos 24 meses.

Por esa razón, el Diario Oficial publica una lista anual con nombres de personas y empresas con pagos pendientes. Todos esos montos que son superiores a las 5 UF ($179.816) y son devueltos al Fisco si cada titular los deja vencer por un tiempo determinado.

¿Cuándo vencen las acreencias bancarias?

El plazo para cobrar las acreencias bancarias es de tres años tras la publicación de la lista en el Diario Oficial.

El mismo sitio web de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) explica: “Si los montos no son cobrados luego de tres años desde que las entidades confeccionaron las listas (31 de enero de cada año), la institución financiera deberá entregar al Fisco esos recursos”.

Una vez devuelto al Fisco, el dinero no podrá ser cobrado por los titulares de cada cuenta. Por eso es esencial realizar tu consulta cuanto antes.

Dinero en efectivo, billetes del Banco Central de Chile.
El dinero es devuelto al Fisco si no retiras tus acreencias bancarias en un lapso de tres años. Foto ATON

¿Dónde consulto si tengo acreencias bancarias por cobrar?

Existen varios mecanismos para consultar si tienes dinero olvidado en algún banco. Son los siguientes:

  • En el Diario Oficial.
  • A través de una consulta a tu banco por los canales regulares de la entidad.
  • Por el call center de ChileAtiende, llamando al 101.
  • En las oficinas presenciales de ChileAtiende.
  • En la web oficial de la Comisión para el Mercado Financiero. Allí, solo debes escribir tu nombre o el de tu empresa y validar el Captcha de seguridad.
  • Si tienes acreencias bancarias, debes dirigirte a tu entidad con tu cédula y solicitar el retiro de tus fondos allí custodiados.

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