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Puedes recibir una compensación de más de $1.400.000 si dañaron o perdieron tu maleta durante un vuelo

Es importante que sepas que si pasa algo como esto con una aerolínea, tienes que ser indemnizado.

SERNAC. Si pierden o dañan tu maleta te deben indemnizar. (Unsplash)

A muchas personas les ha pasado que al momento de viajar en avión, y entregar su maleta a la aerolínea, esta llega dañada o, peor, no la encuentran. Si te ha pasado esto, debes saber que el SERNAC dio a conocer qué se debe hacer en un momento como este.

Esto, ya que unas simples disculpas no son lo suficiente cuando ocurre esta situación, y se implementó un monto que se debe pagar a las y los afectados, el cual supera $1.400.000.

Este es el monto que recibirás si la aerolínea daña o pierde tu maleta

Según explicaron desde SERNAC, cuando se pierde o daña una maleta, debe tenerse en consideración el deber de profesionalidad de las aerolíneas, consagrado en el artículo 23 de la LPDC, el cual las obliga a adoptar las medidas necesarias para evitar este tipo de ocurrencias.

Con todo, en caso de que estas circunstancias se presenten, el artículo 148 del Código Aeronáutico establece la obligación de indemnizar al pasajero, con un monto equivalente a 40 Unidades de Fomento ($1.493.900), independiente del número de piezas que hubiesen sido dañadas, destruidas o pérdidas.

Si el equipaje posee un valor mayor a 40 UF, se podrá asegurar por su valor real declarado por el pasajero, pagando un costo adicional, conforme el artículo 150 del Código Aeronáutico.

Esta indemnización procederá siempre y cuando los daños o la pérdida se hubieren producido durante el tiempo que el equipaje estaba al cuidado de la aerolínea, y siempre que no se hubiese producido por un defecto del equipaje.

Esto debes hacer si dañan tus maletas. (Unsplash)

¿Cómo acceder a la indemnización por daño o pérdida de mi maleta?

Si te llega a ocurrir una de estas situaciones, los pasos a seguir según el SERNAC van a depender de si es pérdida o daño de tu equipaje:

En caso de pérdida

Esta indemnización nace al momento en que la aerolínea determina el extravío definitivo del equipaje, que en la práctica comercial se produce después de 10 días corridos de desconocer su ubicación (sujeto a las políticas de cada aerolínea, limitado hasta 21 días por el Convenio de Montreal).

Para este caso, el protesto se podrá realizar hasta 21 días después de la entrega del equipaje a la aerolínea. La aerolínea debe hacer constar el protesto mediante un estampado en el talón de equipaje (o en la tarjeta de embarque, cuando el talón de equipaje se encuentra incorporado en ésta).

En caso de daño

El artículo 153 determina que, para que el pasajero pueda optar a esta indemnización, deberá protestar los daños o la destrucción del equipaje de forma inmediata al notarse (o debido notar) aquellas a la aerolínea para comenzar el proceso del pago, siempre que el daño haya sido cuando el equipaje estuvo en mando de esta.

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