
Ya está en curso el segundo llamado para acceder al Subsidio sin Crédito Hipotecario para la construcción en nuevos terrenos urbanos o rurales para familias sin vivienda y situación de vulnerabilidad, en el marco del Programa de Asentamientos Precarios que corresponde a condiciones especiales del DS49.
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Esta convocatoria está especialmente dirigida a grupos que tengan asociado un proyecto de construcción de
conjuntos de viviendas que incluyen urbanización, equipamiento y áreas verdes, con un mínimo de 10 y un máximo de 160 viviendas
.
¿Cómo postular al subsidio y en qué plazos?
En este caso,
la postulación
es colectiva
para
proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en todas las regiones del país, que se encuentren calificados por el Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu), en forma condicional o definitiva.
Pueden postular los
proyectos habitacionales que cuenten con calificación hasta los días 15 de octubre, 05 de noviembre y 10 de diciembre de 2020
, considerando un total de recursos por
300.000 Unidades de Fomento (UF)
.
¿Cuáles son los requisitos?
Los postulantes necesitan un ahorro requerido de:
- 10 UF mínimo, ubicadas en el 40% de la población más vulnerable según Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.
- 15 UF para postulantes que se ubiquen sobre el 40% y hasta el 90% de la población más vulnerable según Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.
Importante:
Las personas pertenecientes al
Registro de Familias del Programa de Asentamientos Precarios están autorizadas a postular con un ahorro mínimo de 7 UF
,
pudiendo enterar las 3 UF que restan para completar el monto de ahorro mínimo hasta la firma del acta de entrega del terreno
. Asimismo, están autorizadas a enterar hasta la fecha del acto antes señalado, el monto de ahorro adicional, en caso que corresponda, para recibir el subsidio de incentivo y premio al ahorro.
Las personas damnificadas que integren cualquiera de los Registros de Damnificados del MINVU,
sean parte de los proyectos que participen de este Llamado,
no deberán cumplir con el requisito del ahorro mínimo.
Clasificación Socioeconómica
Para la conformación de los proyectos postulantes se debe considerar lo siguiente:
- Las familias pertenecientes al Registro de Familias del Programa de Asentamientos Precarios, están eximidas del tramo de Calificación Socioeconómica, según el Registro Social de Hogares.
- Respecto del conjunto de postulantes de un proyecto que no pertenezcan al Registro de Familias del Programa de Campamentos, a lo menos el 70% de ellos deberán pertenecer al 40% más vulnerable de la población y hasta un 30% podrá estar situado sobre el 40% y hasta el 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares.
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