Dentro de los distintos bonos y beneficios que el Estado dispone para asistir monetariamente a las familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad, destaca el Bono Protección o comúnmente conocido como Bono Dueña de Casa. 

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Este aporte estatal, se dirige particularmente a mujeres que sean

jefas de hogar

y/o que tengan a su cargo algún menor que cuente con alguna discapacidad física o psicomotora. 

¿Cómo acceder al Bono Protección?

Comprendido dentro del subsistema

Chile Seguridades y Oportunidadesabre en nueva pestaña ]

(SSyOO), el Bono Protección se otorga como un incentivo para la permanencia en alguno de los programas de SSyOO: Calles, Abriendo Caminos, Familia y Vínculos. Eso sí, para acceder debes firmar la

Carta de Compromiso

y el

Plan de Intervención

, que servirán de respaldo para la participación de los mencionados programas y gatillarán el inicio del pago del bono.

¿Cómo reviso si tengo el Bono Dueña de Casa?

En el sitio del

IPS en línea

puedes acceder a la información respecto a todos los bonos y beneficios que el Estado dispone, incluyendo el

Bono de Protección

. Para ello, sólo debes ingresar con tu Rut y verificar si apareces como beneficiaria.

¿Cuáles son los valores del Bono Dueña de Casa?

El monto mensual a pagar por hogar o persona usuaria, es diferenciado en el tiempo, dependiendo del período de ejecución del apoyo psicosocial (APS), de acuerdo a los siguientes tramos:

  • Los primeros 6 meses el bono asciende a $17.970.
  • Desde el mes 7 al mes 12, el bono es de $13.676.
  • Desde el mes 13 al mes 18 el bono es de $9.402.
  • Desde el mes 19 al 24 el bono es de $13.155 (valor corresponde a monto SUF).

¿Quién puede cobrar el Bono Protección?

Según SSyOO, el pago del Bono de Protección se realizará a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, según el siguiente orden de prioridad:

  • Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificaciónde invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

¿Cuál es el plazo para cobrar el bono?

Para familias y personas que elijan la modalidad de pago presencial, el plazo para el cobro es de 6 meses. Si no se cobra es ese tiempo, se entiende que la participante renuncia al beneficio. En el caso de participantes que elijan la modalidad de depósito electrónico (pago bancario en CuentaRut), no existe plazo ya que el pago, una vez emitido, es transferido directamente a la cuenta bancaria de la usuaria.

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