Esta tarde, el Presidente Sebastián Piñera anunció la creación del Seguro de Protección de Ingresos para Trabajadores Independientes, esto en el marco de las medidas económicas que se han tomado para proteger la economía de las personas que han visto afectados sus ingresos, debido a la pandemia del coronavirus. Este beneficio es similar al Seguro de Cesantía que se estableció para los trabajadores dependientes, cuyos empleadores se pueden acoger a la Ley de Protección del Empleo. Cabe destacar que el proyecto deberá ser discutido en el Congreso, esperándose su aprobación para los próximos días.

¿De qué se trata el Seguro de Protección de Ingresos para Trabajadores Independientes?

Se crea un Fondo que pagará mensualmente prestaciones en dinero calculadas en base al nivel de caída de los ingresos posteriores a una catástrofe. Las características a destacar son:

  • Monto y cobertura: Para el cálculo se utilizarán como base los 12 meses previos al evento, considerando que mientras mayor sea la caída, mayor es el beneficio que entrega el seguro. Este seguro entregará hasta 3 prestaciones en los 9 meses posteriores de la catástrofe, y es compatible con otros pagos como el de pensiones o los beneficios del Seguro de Cesantía.
  • Componente Solidario: La construcción de este componente será mediante montos mínimos y máximos a financiar de forma solidaria con la intención de beneficiar especialmente a los trabajadores de menores ingresos. El tope máximo del beneficio mensual pagado por el seguro será de $500 mil.
  • Foco en los más vulnerables: Para los trabajadores que tengan ingresos promedios en los últimos 12 meses inferiores o iguales a $320 mil pesos, el seguro financiará el 70% de la caída en sus ingresos. Para quienes tengan ingresos superiores a $320 mil se les cubrirá una proporción de la caída, la cual irá decreciendo. Además, se contempla realizar una reliquidación anual para aquellos. que reciban beneficios en exceso respecto de sus ingresos anuales.
  • Financiamiento del Seguro: El seguro se financiará mediante un aporte obligatorio de los trabajadores independientes que emiten boleta de honorarios, el cobro se realizará aplicando una retención sobre el monto bruto de la boleta de honorarios, el que se agregará al porcentaje de retención actual (10,75%). Durante la transición, habrá un aporte fiscal extraordinario con motivo de la crisis generada por el Covid-19, el cual llegará a los US$300 millones.

¿A quienes beneficia el Seguro de Protección de Ingresos para Trabajadores Independientes?

De acuerdo a lo que indicó el Mandatario, quienes pueden optar a este beneficio deben cumplir con los siguientes requisitos:

Estar en un contexto de catástrofe:

definida como una declaración de la autoridad sobre un evento exógeno y transitorio que afecte gravemente el desenvolvimiento de la economía en general y la capacidad de generar ingresos de los trabajadores a honorarios en particular como, por ejemplo, pandemias, terremotos, recesiones, etc.

Caída significativa de sus ingresos:

se beneficiarán quienes tengan caídas, de al menos 20%, en los ingresos percibidos por boletas de honorarios con respecto al promedio de sus ingresos por honorarios en los doce meses anteriores a la crisis.

Emisión regular e irregular de boletas:

durante la transición se permitirá que accedan al beneficio quienes hayan emitido boletas por un mínimo de 8 meses en 2 años o 4 meses en 1 año, incluso a quienes hayan tenido ingreso por más de una fuente. En régimen se entregará un beneficio proporcional a las emisiones de boletas realizada.

abre en nueva pestañaabre en nueva pestañaabre en nueva pestaña