A 25 días del Plebiscito, el Diario Oficial dio a conocer las que serán las "normas de comportamiento para las Fuerzas Armadas en plebiscitos y procesos de eleccionarios" y que deberán seguir en todo momento durante la votación del 25 de octubre próximo para garantizar la seguridad e integridad de los votantes en el proceso.

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El texto, plantea una serie de procedimientos que deberán adoptar las FF.AA. en caso de la existencia de alteración del orden público y

garantiza que el actuar de las Fuerzas Armadas no provoque eventuales abusos ilegítimos en el uso de la fuerza

. Dichas normas, son impartidas por orden expresa del

Presidente de la República

y entrarán en vigencia cuando el periodo eleccionario se materialice y contará con los siguientes principios:

  • Legalidad: Uso de la fuerza para el control del orden público de acuerdo a lo mandatado por la Constitución.
  • Necesidad: Ante peligro evidente para la seguridad del proceso eleccionario.
  • Proporcionalidad: Correcto uso de la fuerza según gravedad de la ofensa.
  • Gradualidad: Primero resolver conflictos a través de la comunicación y en última instancia con armas de fuego.
  • Responsabilidad: Usar la fuerza en el marco de la ley.
  • Advertencia: Avisar antes de usar la fuerza o un arma de fuego.
  • Evitar Daño Colateral: Cuando se recurra al uso de la fuerza, tomar medidas para evitar daños a terceros.
  • Legítima Defensa: Ninguna de las disposiciones del presente decreto limita el derecho a la legítima defensa por parte del personal de las FF.AA.

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