A 25 días del Plebiscito, el Diario Oficial dio a conocer las que serán las "normas de comportamiento para las Fuerzas Armadas en plebiscitos y procesos de eleccionarios" y que deberán seguir en todo momento durante la votación del 25 de octubre próximo para garantizar la seguridad e integridad de los votantes en el proceso.
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El texto, plantea una serie de procedimientos que deberán adoptar las FF.AA. en caso de la existencia de alteración del orden público y
garantiza que el actuar de las Fuerzas Armadas no provoque eventuales abusos ilegítimos en el uso de la fuerza
. Dichas normas, son impartidas por orden expresa del
Presidente de la República
y entrarán en vigencia cuando el periodo eleccionario se materialice y contará con los siguientes principios:
- Legalidad: Uso de la fuerza para el control del orden público de acuerdo a lo mandatado por la Constitución.
- Necesidad: Ante peligro evidente para la seguridad del proceso eleccionario.
- Proporcionalidad: Correcto uso de la fuerza según gravedad de la ofensa.
- Gradualidad: Primero resolver conflictos a través de la comunicación y en última instancia con armas de fuego.
- Responsabilidad: Usar la fuerza en el marco de la ley.
- Advertencia: Avisar antes de usar la fuerza o un arma de fuego.
- Evitar Daño Colateral: Cuando se recurra al uso de la fuerza, tomar medidas para evitar daños a terceros.
- Legítima Defensa: Ninguna de las disposiciones del presente decreto limita el derecho a la legítima defensa por parte del personal de las FF.AA.
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