Según el último informe entregado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) en el país circulan más de 6.5 millones de autos, y sus conductores tienen que cumplir con una serie de normativas que tienen por objetivo contribuir a la buena convivencia vial.
Una de las maniobras que deben evitar llevar a cabo quienes estén al frente del volante es no conducir marcha atrás o en reversa. Cometer esta infracción podría significar multas de tipo económicas.
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¿Qué dice la Ley de Tránsito?
La Ley 18.290 en su artículo 115 señala que “ningún vehículo podrá ser conducido marcha atrás, salvo que esta maniobra sea indispensable para mantener la libre circulación, para incorporarse a ella o estacionar el automóvil”, se precisa en Autofact.
Quienes comentan esta infracción arriesgan multas entre las 0,5 y 1 UTM, es decir, entre los $34.500 y $68.923 (valor de la UTM, según julio de 2025).
¿Cuándo está permitido usar la marcha atrás o reversa?
Según el mismo sitio web, esta maniobra está permitida solo si es en pequeñas distancias y a baja velocidad, pues, no podrás superar los 15 km/h y solo se podrá llevar a cabo en estas situaciones:
- Para mantener la libre circulación.
- Para incorporarse a la circulación.
- Para estacionarse.