
Uno de los aspectos que más llamó la atención de la ley que permite el retiro del 10% de las AFP, fue el establecimiento de la retención del dinero para los deudores de pensiones alimenticias.
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La medida, dispone que a quienes mantengan deudas activas y judicializadas por pago de pensión de alimentos se les descuente automáticamente el monto de su retiro y, dependiendo de lo adeudado y dinero a retirar, esto podría llegar hasta el 100% de lo que saque el deudor desde la AFP.
¿Cómo ingresar retención judicial para deudores de pensión alimenticia?
Para solicitar la retención del dinero al tribunal, debes ingresar al portal
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del Poder Judicial. Una vez en él, pulsas sobre la opción "Liquidación de Alimentos" o "Liquidación de Deuda" y automáticamente te dará la opción para el "Ingreso de causas y oficios de la Oficina Judicial Virtual". Una vez ahí, debes entrar usando la Clave Única (si no la tienes,
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) y completa la información que pide el trámite. Tras ello, el deudor o deudora será notificado por carta o correo electrónico y tendrá tres días para oponerse al cobro, de estimarlo necesario. Cuando concluya el proceso, se debe pedir al Tribunal que oficie a que se retenga el dinero del retiro del 10% de la AFP. Esto permitirá que el deudor o deudora no pueda sacar el dinero hasta que el tribunal ordene liquidar la deuda. Si el Tribunal lo estima así, se le informará a la AFP para que deposite el dinero en la cuenta de alimentos establecida durante el juicio.
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