En 2024, 58.100 personas accedieron al Crédito con Aval del Estado (CAE), lo que representa un 11,7% menos que el año anterior. No obstante, dicha baja se relaciona con la expansión de la Gratuidad y otros beneficios estudiantiles, según datos de la Comisión Ingresa.

Pese a la disminución de su solicitud en el último tiempo, la institución revela que hasta 2023 el 60,1% de los egresados con CAE se encontraba en situación de mora. En paralelo, 82 de cada 100 deudores que abandonaron sus estudios tampoco estaban al día con sus cuotas.

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Por su parte, el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, señaló que existen más de 1.800 morosos con un sueldo superior a los $5 millones. Ante esto, indicó que “les vamos a ir a cobrar” y que “la cuenta hay que pagarla”.

Considerando esta realidad, surgen preguntas que se vuelven urgentes para cientos de personas: ¿Qué pasa si no pago el CAE? ¿Pueden embargarme? ¿Qué bienes están en riesgo? Esto es lo que dice la ley.

El apoyo estudiantil se metió en la palestra luego de que el Gobierno de José Antonio Kast señalara que se exigirá el pago de las morosidades por parte de los beneficiarios.
Crédito con Aval del Estado. El apoyo estudiantil se metió en la palestra luego de que el Gobierno de José Antonio Kast señalara que se exigirá el pago de las morosidades por parte de los beneficiarios.

¿Qué pasa si no pago el CAE? Esto es lo que ocurre actualmente

La morosidad en el CAE no genera consecuencias inmediatas, pero sí activa un proceso que puede escalar hasta instancias judiciales. Según informa el portal de Sistema de Crédito Estudios Superiores, si un deudor deja de pagar tres o más cuotas consecutivas, el banco acreedor está habilitado para iniciar acciones de cobranza.

Con lo anterior, el proceso comienza con llamadas telefónicas, cartas y visitas al domicilio registrado en el contrato. Posterior a ello, y según lo establecido en la Ley N.º 20.027, que regula el sistema de créditos con garantía estatal para estudios superiores, el banco está obligado a ejercer acciones de cobranza judicial, es decir, cobrar la totalidad del monto adeudado, incluyendo intereses y otros cargos.

¿Me pueden embargar por no pagar el CAE?

, el embargo es una posibilidad real para los morosos del CAE que lleguen a la instancia judicial. En términos legales, esta es una medida judicial que solo puede decretar un tribunal, y que implica la retención o incautación de bienes.

Según la normativa vigente, todos los haberes de una persona son embargables. Sin embargo, la ley consagra una lista de artículos que no pueden ser objeto de esta medida, entre ellos:

  • La cama del deudor, la de su cónyuge y los hijos que vivan con él o ella.
  • Ropa para el abrigo del deudor y su familia.
  • Muebles del dormitorio, comedor y utensilios de cocina.
  • Mercadería necesaria para el consumo de un mes.

En cambio, sí pueden embargarse vehículos, electrodomésticos, equipos electrónicos, muebles no esenciales, cuentas bancarias e incluso el sueldo, siempre que este último supere el salario mínimo, ya que no es posible dejar al deudor con los recursos básicos para su subsistencia.

Cabe mencionar que “no hay embargo de bienes si no hay una notificación de demanda ejecutiva de cobranza (...) estas se presentan alrededor del quinto mes de mora”, según indica Defensa Deudores.

¿Cómo saber cuánto debo del CAE?

Antes de llegar al embargo o cobranza judicial, el primer paso es saber cuánto se debe. Para eso está habilitada la plataforma Mi Crédito CAE, que permite revisar el estado actualizado de la deuda ingresando con Clave Única.

Dentro del sitio web, el deudor puede consultar el monto total adeudado, el número de cuotas pendientes, si existen saldos impagos y, en caso de que el Estado haya ejecutado alguna garantía, cuántas cuotas fueron cubiertas con la devolución de impuestos.

Otra opción para saber cuánto se debe del CAE es consultar directamente con el banco acreedor que administra el crédito. La entidad tiene la facultad de entregar un certificado de morosidad con el detalle del saldo, los intereses acumulados y el monto de cada cuota.

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