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Préstamo Solidario: Cómo consultar estado de postulación y cuándo son las fechas de pago

El aporte cerró postulaciones por lo que ahora comienza el proceso de pagos del beneficio.

El Préstamo Solidario cerró su proceso de postulaciones para octubre. El aporte orientado a la clase media del país y que surgió para combatir los efectos económicos que generó el Covid-19, ahora comienza la última etapa de pagos.

Esta ayuda corresponde a un crédito con tasa de interés cero, y es parte de la Red de Protección Social del Estado. Su monto puede alcanzar hasta los $650 mil, los que serían transferidos directamente a la cuenta bancaria del beneficiario.

El Préstamo Solidario puede ser otorgado hasta en tres ocasiones para quienes contaron con el Bono Clase Media; mientras que, si se recibió este último, sólo sería entregado en dos oportunidades.

¿Cómo saber el estado de postulación del Préstamo Solidario?

Para conocer estado de postulación del Préstamo Solidario en octubre, se debe ingresar al sitio del Servicio de Impuestos Internos, y seguir los pasos indicados en el portal.

Este procedimiento es totalmente online y se indicará el detalle de cálculo del monto a recibir y la fecha indicada de pago. Para ingresar se necesita tener activada la Clave Única o Clave Tributaria.

¿En cuántos días se paga el Préstamo Solidario?

El pago del Préstamo Solidario, a pesar de que las solicitudes son por el SII, se realiza a través de la Tesorería General de la República. Esta última, cuenta con un plazo de 10 días hábiles a partir de la confirmación de la postulación.

¿Cómo se devuelve el Préstamo Solidario? 

Cabe consignar que existen tres opciones para devolver los montos que entrega el Préstamo Solidario:

  • En 4 cuotas anualesa través de la declaración de impuesto a la renta. Las cuotas se reajustarán según el IPC y el primer pagose realizará en el año 2023.
  • La primera cuota de pagocorresponderá a un 10%del monto del Préstamo Solidario recibido, y las 3 cuotas restantescorresponderán a un 30% delmismo.
  • Cada cuota anual no puede exceder el 5%de las rentas que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta.

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