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Trabajadores esenciales: ¿Cuáles son los nuevos requisitos para pedir el Permiso Único Colectivo?

De acuerdo a la autoridad, se pretende delimitar el personal que se considera esencial dentro de la actividad que se encuentra autorizada, incluidos los funcionarios públicos.

Durante el último balance del Minsal de este jueves sobre el estado de la pandemia por Covid 19 en nuestro país, desde el gobierno anunciaron nuevas medidas de limitación de desplazamiento en el territorio nacional, especialmente para las comunas que están en cuarentena, las que buscan poder controlar las preocupantes cifras del COVID-19.

Estas modificaciones traen consigo una serie de cambios respecto a: nuevas comunas que retroceden de Fase en el Plan Paso a Paso, un nuevo horario para el toque de queda, el cierre de fronteras y la nueva modalidad para solicitar el permiso único de desplazamiento.

Sin embargo, una de las novedades que comunicó la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, está vinculada a la solicitud del Permiso Único Colectivo y una nueva tipificación de lo que se considera un trabajador esencial.

De acuerdo a la autoridad, se pretende delimitar el personal que se considera esencial dentro de la actividad que se encuentra autorizada, incluidos los funcionarios públicos. Esto entrará en vigencia el lunes 5 de abril desde las 05:00 horas.

Lo anterior, para reducir la movilidad en cuarentena y poder controlar los indicadores, para ello:

1. Se incorporará dentro de las definiciones del Plan Paso a Paso el alcance o definición de trabajador esencial o imprescindible:

  • "Son aquellos trabajadores y/o prestadores de servicios de una empresa o institución pública o privada, cuyo giro ha sido declarado esencial, que desempeñen funciones que no pueden ser realizadas telemáticamente y que son imprescindibles para la actividad propia del giro, tales como labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización".
  • "Se dejan expresamente fuera de esta definición las labores administrativas, contables, financieras y de asesorías y consultorías. Se encuentran comprendidos en esta definición los trabajadores que prestan servicios mínimos que deben asegurarse en caso de huelga".

2. Se incorporará al Permiso Único Colectivo (PUC) la obligatoriedad de informar:

  • El total de trabajadores de la empresa (contratados o que prestan servicios a esta).
  • El número de trabajadores o prestadores de servicios que considera esenciales y para los cuales se las solicita PUC.
  • La labor del trabajador considerado esencial y para el que se solicita permiso (labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización).

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