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Aguinaldo Fiestas Patrias: ¿de cuánto es el bono y quiénes pueden recibirlo el 18 de septiembre?

La celebración será por dos días y, dependiendo del caso, el beneficio puede superar los $70 mil.

Las Fiestas Patrias 2021 en Chile, como todos los años, se celebrará el sábado 18 y domingo 19 de septiembre. Festejos que serán nuevamente en pandemia, pero traen consigo la entrega del tan querido "aguinaldo". Monto en efectivo que en algunos casos puede superar los 70 mil pesos.

Para este 2021, el Plan Paso Paso estudia repetir lo realizado el año anterior con el Fondéate en Casa y concretar que las celebraciones familiares se mantengan con todos los cuidados posibles. En tanto, sectores como el Parque O'Higgins ya confirmaron que no realizarán las fondas.

Pese a esto, la ley consigna la entrega del aguinaldo de Fiestas Patrias como beneficio para que los trabajadores puedan festejar el nuevo aniversario de la nación.

Revisa el monto del Aguinaldo de Fiestas Patrias para este 2021

Según dicta la ley 21.196, existen dos montos posibles del aguinaldo para empleados públicos. Si es un trabajador o trabajadora que recibe al mes de agosto de 2021 un sueldo igual o menor a $794.149, el aguinaldo será de $76.528.

En tanto, si la remuneración es mayor a $794.149, el monto del aguinaldo será de $53.124.

Por el otro lado, en el sector privado se consigna que no es una obligación la entrega del aguinaldo. Sin embargo, debe ser entregado si se contempló en el contrato de trabajo, convenio colectivo o al ser exigido como derecho de trabajadores.

¿Cuánto es el monto del aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados? 

Tal como indica desde el gobierno, los pensionados también reciben un aguinaldo para estas fiestas patrias. El monto es de $20.624 y aumenta en $10.581 por cada carga familiar consignada hasta el 31 de agosto del 2021.

Además se consigna que el monto podría aumentar a quien perciba o hubiera podido percibir la Asignación Familiar en los siguientes casos:

  • Que las asignaciones sean recibidas por una persona distinta a la del pensionado.
  • Percibir las asignaciones de no pertenecer al tramo 4.

El beneficio se paga junto con la respectiva pensión de septiembre y los que pueden recibirla son los siguientes:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
  • Pensionados o pensionadas Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig)y Ley N° 19.992 (Valech).
  • Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejezo de Invalidez).
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.

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