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Aguinaldo Navidad 2022: ¿Quiénes serán beneficiados con $63 mil y cuándo lo pagarán?

Revisa quiénes recibirán el máximo monto que puede entregar el Aguinaldo Navidad de este 2022

En vista de los frecuentes gastos extra que ocurren durante las fiestas de fin de año, el Estado entrega el Aguinaldo Navidad, también conocido como Bono Navidad, cuya finalidad es alivianar la carga monetaria durante dicha fecha.

Este beneficio consiste en un aporte monetario que está enfocado tanto a las y los trabajadores del sector público, como también a pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS).

Los montos del Aguinaldo Navidad que se les entregan varían dependiendo del caso, y su fecha de entrega ya está definida para los próximos días.

Aguinaldo Navidad 2022: ¿Cuál es el monto que entrega?

Para los pensionados, el monto destinado será de $25.150. Eso sí, este puede subir en $14.209 por cada persona que, al 30 de noviembre, tenga acreditada como carga familiar.

En tanto, las y los empleados públicos recibirán $63.062. Sin embargo, en caso de tener una liquidación superior a $842.592, el monto será de $33.358.

Fecha en que se paga el Aguinaldo Navidad 2022

Para pensionadas y pensionados, el Bono Navidad será depositado el próximo miércoles 30 de noviembre.

En tanto, para trabajadores del sector público, la fecha dependerá tanto del empleador como del área en que se desempeñen.

¿Quiénes recibirán el Aguinaldo Navidad 2022?

Pensionados/as:

  • Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).

  • Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

  • Las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).

  • Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.

  • Las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.

  • Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).

  • AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).

  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11).

  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.

Empleado/as públicos:

  • Universidades estatales.

  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).

  • Asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se trabajen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.

  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.

  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.

  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.

  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.

  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.

  • Corporaciones de Asistencia Judicial.

  • Tribunales tributarios y aduaneros.

  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.

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