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Subsidio DS49 inicia postulaciones: Revisa quiénes pueden acceder y cuáles son los requisitos

Si bien aún no comienzan todas las postulaciones a este beneficio, si se iniciaron aquellas dirigidas a un grupo especifico de personas.

El Subsidio DS49, o Fondo Solidario de Elección de Vivienda, es un  beneficio que otorga el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) a las familias más vulnerables del país para que puedan optar a una casa propia en zona rural o urbana.

A través de este aporte los beneficiarios pueden comprar o construir una vivienda de forma propia o colectiva, con viviendas de hasta 950 UF sin necesidad de solicitar un crédito hipotecario.

Durante la jornada de ayer (miércoles) se dio inicio a sus primeras postulaciones del año 2022, el cual está dirigido a comités y cooperativas para que adquieran un terreno y luego desarrollen un proyecto de construcción.

¿Quiénes pueden postular al Subsidio DS49?

En la postulación colectiva pueden acceder al beneficio comités de vivienda, cooperativas cerradas de vivienda y cooperativas abiertas de vivienda de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Atacama, Valparaíso, Maule, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Metropolitana de Santiago.

Las solicitudes se habilitaron este 4 de mayo y estarán disponibles hasta el próximo 2 de junio.

¿Cuáles son los requisitos?

Para acceder al Subsidio DS49 se deben cumplir diversos requisitos, los cuales se dividen en las características socioeconómicas de los postulantes y el ahorro mínimo que se debe tener.

Calificación socioeconómica

Al menos el 70% de los integrantes del colectivo deberá pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.

Hasta un 30% de los integrantes podrá estar situado sobre el 40 y hasta el 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares.

Ahorro mínimo

Para postulantes ubicados en el 40% de la población más vulnerable según el Registro Social de Hogares deben contar con 10 Unidades de Fomento ($322.000 aproximadamente).

Quienes estén sobre el 40% y hasta el 90% de la población más vulnerable según el RSH deben tener un ahorro de 15 Unidades de Fomento ($484.000 aproximadamente).

Junto con esto se debe contar con una entidad patrocinante con convenio marco vigente.

¿Cómo postular al Subsidio DS49?

Quienes deseen postular al llamado colectivo del Subsidio DS49 deben realizar el siguiente proceso, ya que su solicitud no se hace a través de internet:

- Pertenecer a un grupo organizado conforme a la Ley de Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.

  • También pueden postular cooperativas de vivienda abiertas y cerradas, siempre considerando los requisitos.

- Postular en las oficinas del Minvu para la adquisición preliminar del terreno en el que se desarrollará el proyecto.

  • Aquí no se exigirá presentar el proyecto habitacional

- El grupo en conjunto con la Entidad Patrocinante, debe presentar la postulación a un terreno que se encuentre dentro de las áreas definidas según cada comuna y región que cumplan al menos con las siguientes características:

  • Emplazarse total o parcialmente, en áreas urbanas o de extensión urbana y contar con norma urbanística vigente para el desarrollo del proyecto habitacional.
    • Para proyectos que consideren un máximo de 70 viviendas, el terreno podrá deslindar con una vía local.
  • El o los establecimientos de educación existentes más cercanos, que en conjunto cuenten con los niveles educacionales operativos de pre-básica, básica, se encuentren ubicados a una distancia no mayor a 1.000 metros, y para educación media a una distancia no mayor a 1.500 metros.
  • El establecimiento de salud primaria o de nivel superior de atención existente más cercano, se encuentre ubicado a una distancia recorrible peatonalmente no mayor a 1.500 metros, medidos desde el punto más cercano del terreno donde se desarrollará el proyecto.

En caso de ser seleccionado, se adquirirá el terreno aplicando el ahorro comprometido, cuando esto suceda, se deben seguir los siguientes pasos:

- La Entidad Patrocinante, dentro del plazo de 90 días corridos a partir de la publicación en el Diario Oficial de la resolución que selecciona los grupos organizados, deberá presentar el Diagnóstico Participativo del Plan de Acompañamiento Social, y tendrá un plazo máximo de 12 meses para presentar el proyecto habitacional.

- El proyecto debe estar aprobado por todas las familias que integran el Comité y luego será evaluado por el Serviu, el cual tendrá un plazo fijo para presentar las observaciones y que estas sean corregidas.

Es importante que durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias participen activamente.

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