Si fuiste designado vocal de mesa, y no puedes asumir con esa obligación cívica, te contamos que tienes hasta este jueves para presentar tus excusas ante la junta electoral que te corresponda. De no manifestar una justificación, deberás cumplir con tu designación legal. De lo contrario, se arriesga un multa a beneficio municipal.
Por su parte, el próximo sábado se publicará la lista con personas reemplazantes para vocales bacantes y aquí también te decimos cómo revisar si fuiste seleccionado suplente de vocal de mesa.
El próximo 4 de septiembre se llevarán a cabo las votaciones del Plebiscito de Salida, que dirimirán si gana el Apruebo o Rechazo del Borrador de la nueva constitución. Jornada electoral que será obligatoria para todos los chilenos y chilenas habilitados para sufragar en nuestro país.
En este contexto, todos los actores designados legalmente a cumplir un rol en las próximas elecciones 2022 deberán hacerlo, a menos que presente una excusa validada por el Servel.
Plebiscito de Salida: ¿Cómo saber si soy vocal de mesa?
Si aún no sabes si fuiste designado como vocal de mesa, debes ingresar a la web del Servel, pulsando en este enlace. Una vez que entres al sitio, debes escribir tu RUT sin puntos y con guion, inmediatamente verás tu local, mesa de votación y si eres vocal de mesa.
Cuáles son las causales para excusarse
Si resultaste vocal de mesa, este es tu último día para excusarte, siempre y cuando cumplas con alguna de los siguientes requisitos:
Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador,
Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
Tener más de 60 años de edad.
Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del Director del respectivo establecimiento de salud.
Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control o un certificado médico. También se considerará al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente, de acuerdo a lo señalado en el Numeral 7, artículo 49 Ley 18.700 y el acuerdo del Consejo Directivo del Servicio Electoral.
Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
Dónde te puedes excusar
Si cumples con alguna de las causas antes mencionadas y no puedas ejercer como vocal de mesa, debes presentar tu justificación ante Junta Electoral que te corresponda, de manera presencial o vía correo electrónico.
Si desconoces los datos de la Junta Electoral que te corresponde, solo debes pulsar aquí, ingresar, seleccionar tu región y buscar la que corresponda a tu comuna o sector de votación.
Cuándo se publica la nomina de reemplazantes de vocal de mesa
El 20 de agosto, los Secretarios de Juntas Electorales publicarán las nóminas de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores, a través del sitio web del Servel. Podrás revisar si fuiste escogido cómo reemplazante, ingresando aquí.
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