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Subsidio Familiar: ¿Quiénes son beneficiarios y cuáles son los montos de pago?

Este aporte se entrega mensualmente durante tres años. Además, las personas beneficiarias también pueden recibir otras ayudas del Estado como el Bono Invierno y Bono Canasta Básica.

El Subsidio Familiar, también conocido como Subsidio Único Familiar (SUF), es un beneficio del Estado destinado a personas que pertenezcan hasta el 60% más vulnerable, según su calificación socioeconómica en el Registro Social de Hogares (RSH).

Este aporte es parte del Sistema de Prestaciones Familiares, y es pagado a beneficiarios/as por cada persona que cumpla con los requisitos para causar el SUF, los que comúnmente se llaman cargas familiares acreditadas o causantes.

Cabe destacar que el Subsidio Familiar se entrega mensualmente durante tres años y las personas causantes también pueden acceder gratis a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas.

Además, las personas beneficiarias pueden recibir el Aporte Familiar Permanente, Bono Invierno y Bono Canasta Básica. No obstante, el SUF es incompatible con la Asignación Familiar, Maternal, Subsidio de Discapacidad, Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y la Pensión Garantizada Universal (PGU), con respecto de los causantes en situación de discapacidad e invalidez.

¿Quiénes son beneficiarios y causantes del Subsidio Familiar?

Causantes del SUF

Son cargas familiares las siguientes personas que vivan a expensas de la persona beneficiaria:

    • Que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud (Minsal) para la atención infantil.

    • Hasta los 8 años y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).

    • Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a menos que fueren personas con discapacidad.

  • Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.

  • Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.

  • La mujer embarazada: puede solicitar el Subsidio Maternal desde el quinto mes de gestación, momento en el que se debe dejar de recibir el Subsidio Único Familiar, ya que se pasa a ser "causante madre".

Beneficiarios y beneficiarias del SUF

Según señala ChileAtiende, "son beneficiarias aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación". Este es el orden de prioridad:

  • La madre.

  • En su defecto, el padre.

  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.

  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.

  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

¿Cuáles son los montos de la Asignación Familiar?

Actualmente, el monto del Subsidio Único Familiar 2022 corresponde a $16.418 por carga familiar, mientras que las personas con discapacidad general el doble, es decir, $32.836.

¿Cómo se solicita el SUF?

La postulación para el Subsidio Familiar se realiza en la municipalidad correspondiente a tu domicilio. Pero, primero, debes reunir los documentos requeridos:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor de edad.

  • Fotocopia de carnet de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.

  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.

  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al Subsidio Maternal.

  • Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) correspondiente al domicilio del causante.

  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.

  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

Revisa también:

  • ChileAtiende: Puedes consultar con tu RUT por el pago de bonos y beneficios del IPS

  • Bono Mujer Trabajadora: ¿Cómo postular y consultar con tu RUT si puedes ser beneficiaria del aporte de hasta $570 mil?

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