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Pensión de Gracia: Revisa quiénes reciben este aporte y cómo postular para obtener hasta $257.836 al mes

Este subsidio es entregado por el Presidente de la República, y su valor depende del monto que entregue el ingreso mínimo no remuneracional.

La Pensión de Gracia es un subsidio que entrega el Presidente de la República de manera vitalicia o por un periodo definido, con el fin de mejorar la calidad de vida de aquellas personas que se encuentran viviendo en una situación de vulnerabilidad social.

De esta manera, los montos que entrega este beneficio son variables, ya que dependen del valor que posea el ingreso mínimo no remuneracional y de las condiciones del postulante.

De todas formas, gracias al reajuste al sueldo mínimo, aumentó también lo que aporta este bono, subiendo desde los anteriores $244.944 hasta alcanzar los actuales $257.836.

Si resultas seleccionado para recibir la Pensión de Gracia, deberás acudir a las oficinas de la Tesorería General de la República para cobrarala.

Pensión de Gracia: ¿Quiénes reciben esta ayuda económica?

Según detalla el Ministerio del Interior, este aporte económico va dirigido a las personas que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  • Haber prestado servicios distinguidos o haber realizado actos especialmente meritorios, en beneficio importante del país, más allá de su deber personal.

  • Estar afectadas por accidente o catástrofe, respecto de las cuales existan circunstancias extraordinarias que justifiquen el otorgamiento de una pensión.

  • Se encuentren incapacitadas o con graves e insalvables dificultades para ejercer labores remuneradas, que les permitan su subsistencia y la del grupo familiar que viva a sus expensas, en razón de enfermedad, invalidez, vejez o cualquier otra causa debidamente justificada.

  • Estar afectadas por otras situaciones especiales y debidamente fundamentadas que ameritan la entrega de este beneficio.

No se puede recibir la Pensión de Gracia cuando:

  • La persona puede ser beneficiaria de Pensión Básica Solidaria de Vejez o Invalidez (Pensión Garantizada Universal).

  • Cuenta con una pensión otorgada a través de AFP o del IPS (ex INP).

  • La persona y su grupo familiar dependen de manera estable para su subsistencia de instituciones privadas o públicas.

  • La persona cuenta con una pensión otorgada por una institución privada.

  • La renta o patrimonio de la persona y su grupo familiar permite cubrir sus necesidades de subsistencia.

¿Cómo postular a una Pensión de Gracia?

Las postulaciones se pueden realizar durante todo el año de manera presencial en la Unidad de Pensiones de Gracia del Departamento de Acción Social de la Subsecretaría de Interior.

En primer lugar, es necesario que reúnas estos documentos:

  • Carta de solicitud dirigida al Presidente de la República. Debe incluir el nombre completo, dirección del postulante (calle, número, comuna, región y teléfono) y el motivo invocado para solicitar este beneficio.

  • Se puede anexar documentación como fotocopia de cédula de identidad, certificados de salud otorgado por un médico de hospital o consultorio municipal, comprobante de arriendo, colilla de pago de dividendos, pago de luz, agua, receta cotizada, entre otros.

Luego, con los antecedentes requeridos listos, deberás seguir los siguientes pasos para solicitarla:

  • Dirigirte a la Unidad de Departamento de Pensiones de Gracia de la Subsecretaría de Interior, ubicado en Agustinas 1235, piso 5, Santiago. El horario de atención es de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas.

  • Explica el motivo de tu visita: solicitar una pensión de gracia.  

  • Entrega los antecedentes requeridos.

  • Como resultado del trámite, habrás presentado tu solicitud de Pensión de Gracia.

Si resultas beneficiario(a) de este aporte, recibirás el pago en las oficinas de la Tesorería General de la República, mientras que si la postulación es rechazada, esto será informado por carta en un plazo aproximado de 30 días.

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