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Pensión Garantizada Universal: ¿Cuándo comienza a regir la modificación en los requisitos de la PGU?

Gracias a la Ley Corta de la PGU se pudo modificar un inciso de este beneficio para que más de 70 mil nuevos adultos mayores pudieran recibirlo.

Revisa cuáles son las modificaciones de los requisitos de la PGU y desde cuándo se hará vigente. Créditos: ATON.

La Pensión Garantizada Universal es un beneficio estatal que está dirigido a adultos mayores de 65 años, sin importar si estos tienen derecho a pensión o si aún no se han pensionado.

Este aporte está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS) y el monto que se entrega mensualmente es de $206.173 con el fin de apoyar a la tercera edad.

Dentro de poco entrará en vigencia un nuevo cambio en los requisitos de este aporte del Estado, el cual se realizó por medio de la Ley Corta de la PGU, y que ampliará el beneficio a más de 70 mil personas de la tercera edad.

¿Cuál es la modificación que se hizo en los requisitos de la PGU y desde cuándo entra en vigencia?

El nuevo cambio en los requisitos de la PGU entrará en vigencia a partir de este abril 2023, el cual modifica el punto que dice que los postulantes no deben pertenecer a un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población total del país.

Con esto ahora se evaluará que no integre un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población total del país

Además es importante recalcar que, las personas que postularon entre el octubre de 2022 y marzo de 2023 y fueron rechazados por no cumplir con el requisito de no integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 o más años, podrían ser nuevos beneficiarios .

¿Cuáles son requisitos de la Pensión Garantizada Universal?

Todas las personas de la tercera edad que estén interesadas en postular a la PGU, desde abril en adelante, tienen que cumplir con los siguiente requisitos:

  • Tener 65 años o más de edad.
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos: Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad. Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
  • Contar con una pensión base menor a la pensión superior de $1.114.446, determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE). Cabe señalar que la pensión base es un cálculo con antecedentes a la edad de jubilación y no a la pensión que se está recibiendo en el último mes.
  • No ser imponente o pensionado de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • Evaluación que la persona no integre un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población total del país.


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