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Bono Invierno: Solo con tu RUT conoce cuándo recibirás los $70.000

Con la entrega de este beneficio se busca apoyar a la tercera edad ante el aumento de gastos con la llegada de las bajas temperaturas.

Bono Invierno Conoce quiénes reciben el pago automático. Créditos: ATON (RAUL ZAMORA/ATON CHILE/RAUL ZAMORA/ATON CHILE)

El Bono Invierno es un aporte monetario que se otorga todos los años durante el mes de mayo a las y los adultos mayores que tengan 65 años o más.

De esta forma, quienes cumplan los requisitos recibirán de forma automática un total de $74.767, monto que no es tributable ni imponible, ni está sujeto a descuentos.

Con la entrega de este beneficio el Instituto de Previsión Social (IPS) busca apoyar el aumento de gastos que se genera con la baja en las temperaturas.

Revisa con tu RUT cuándo recibirás el Bono Invierno

Si bien este beneficio se entrega durante el mes de mayo, no tiene una fecha especifica para su pago, ya que se otorgará junto a la pensión de la o el adulto mayor.

De todas formas, el IPS junto a Chile Atiende habilitaron una plataforma por la cual pueden saber la fecha de pago tanto de la pensión cómo del aporte.

Para esto solo debes ingresar al sitio de consultas y digitar tu RUT. Al pulsar en “Consultar” este te indicará el día de tu pago y la forma (por transferencia o presencial).

¿Quiénes recibirán el pago automático de este beneficio?

El pago automático del Bono Invierno lo podrán recibir las y los pensionados de 65 años o más que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Sus pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad ($201.677) a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
    • Instituto de Previsión Social.
    • Instituto de Seguridad Laboral.
    • Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
    • Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

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