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Subsidio Único Familiar: Revisa cuándo recibirás el nuevo monto solo con tu RUT

Los hogares beneficiarios del Subsidio Único Familiar recibirán sus pagos mensuales por un periodo de tres años.

Billetes de diez mil y monedas encima de una mesa

El Subsidio Único Familiar (SUF) es un aporte monetario que se entrega por un plazo de tres años a las familias que se encuentren en el 60% más vulnerable del Registro Social de Hogares.

A través de este beneficio los hogares reciben un pago que, desde este mes de mayo, aumentó a $20.328 por carga familiar, monto que se duplica en caso de que la carga tenga alguna discapacidad.

Pero eso no es todo, ya que los causantes del SUF también pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.

¿Cómo saber cuándo recibiré el Subsidio Único Familiar?

En caso de que tu hogar reciba este beneficio y quieres saber cuándo recibirás el pago correspondiente a mayo, solo debes seguir estos pasos:

De forma automática el sistema te dirá el día en el que recibirás tu pago junto con la forma de su entrega, por transferencia o pago presencial.

¿Quiénes son los causantes del Subsidio Único Familiar?

Como mencionamos anteriormente, el monto que otorga el beneficio es por cada carga que tenga el o la beneficiaria, es decir, sus causantes.

Para que alguien pueda ser definido como tal, debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones:

  • Sean menores (hasta los 18 años de edad) y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años y que no tengan una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).
    • Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a menos que fueren personas con discapacidad.
  • Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.


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