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Bono Invierno: ¿Cómo saber si soy beneficiario y cuánto dinero entrega?

El Bono Invierno está a cargo del Instituto de Previsión Social y entrega un pago anual junto a la pensión de Mayo de cada beneficiario.

Billetes de veinte mil parados sobre una mesa.

Dentro de los beneficios que entrega cada año el Instituto de Previsión Social (IPS), se encuentra el Bono Invierno para adultos mayores, aporte para el cual no es necesario postular.

Esta ayuda estatal orientada a la tercera edad, se otorga con el fin de fortalecer su economía, por lo que no es tributable ni imponible y tampoco se encuentra sujeta a posibles descuentos.

Este beneficio estatal es diferente al Bono Chile Apoya de Invierno, entregado de forma extraordinaria durante el 2022 y al que ya no es posible acceder.

¿Cuánto dinero entrega el Bono Invierno?

De acuerdo a lPS, el monto para este 2023 corresponde a $74.767, valor que es transferido a todas las personas de 65 años de edad o más que cuenten con ciertos requisitos.

Además, el pago del Bono Invierno se otorga a las personas beneficiadas por una sola vez, junto con el pago de la jubilación correspondiente al mes de mayo.

¿Cómo saber si soy beneficiario del Bono Invierno?

Para saber si es parte de los beneficiarios del Bono Invierno tienes dos opciones:

  • Acercarte a cualquiera de las oficinas de ChileAtiende ubicadas a lo largo de todo Chile y explicar el motivo de tu visita mostrando la cédula de identidad.
  • Llamar por teléfono al número 101 en los horarios de atención disponibles y explicar que deseas saber si estás entre los beneficiarios del Bono Invierno. Deberás indicar tu RUT y en este call center te indicarán si eres parte de las personas que reciben el beneficio estatal.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono Invierno?

Para ser beneficiario del Bono Invierno 2023 es necesario tener 65 o más años de edad a la fecha del pago del bono y cumplir con uno de los siguientes requisitos:

  • Recibir una pensión igual o menor a $201.677 (correspondiente al valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años) y ser parte del Instituto de Previsión Social, Instituto de Seguridad Laboral o Cajas de previsión Mutualidades de empleadores.
  • Pertenecer al Sistema de Pensiones de Vejez (1980) y estar percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Ser parte del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) y recibir un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) con una pensión igual o inferior a $201.677 (correspondiente al valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años).
  • Recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU) y no tener derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, reciban una PGU y sus pensiones sean de un monto inferior o igual a $201.677 (correspondiente al valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años).

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