Actualmente, la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) se encargar de entregar dos tipos de apoyos económicos a las personas que se encuentren cesantes.
Uno de estos es el Fondo de Cesantía Solidario, que otorga distintos montos de dinero, dependiendo del contrato que haya tenido la persona solicitante.
Lo que tengas ahorrado en este fondo se puede cobrar en dos escenarios: cuando la persona agotó todos los recursos ahorrados para financiarse con el Seguro de Cesantía o cuando una persona, al quedarse sin trabajo, no cuenta con recursos suficientes ahorrados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
Conoce en qué casos se suspende la entrega del Fondo de Cesantía Solidario
Los pagos del Fondo de Cesantía Solidario (FCS) se suspenden automáticamente cuando el beneficiario:
- No se inscribe en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE).
- No postula, reiteradamente y sin causa justificada, a una oportunidad de empleo que le informe la Bolsa Nacional de Empleo (BNE).
- No asiste, reiteradamente y sin causa justificada, a entrevistas de empleo intermediadas por la BNE.
- Rechace, sin causa justificada, una oportunidad de empleo o la capacitación ofrecida por la BNE.
- Rechace una beca de capacitación ofrecida y financiada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).
Sin embargo, existen causas justificadas para rechazar un empleo, las que no contarán como causal de suspensión del beneficio. Estas son:
- Padecer alguna enfermedad o discapacidad que le impida desarrollar el empleo ofrecido.
- Residir en una localidad distante del lugar donde se realice la entrevista de empleo, o donde deba desempeñarse el respectivo empleo o donde se realice la capacitación ofrecida.
- Que el empleo ofrecido no guarde relación con las habilidades o destrezas del empleo anterior o bien ocasiona un serio menoscabo a su condición laboral o a sus estudios profesionales, universitarios o técnicos.
- Que el empleo ofrecido no le permita percibir una remuneración igual o superior al 50% de la última remuneración obtenida en su empleo anterior.
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¿Quiénes sí pueden cobrar el Fondo de Cesantía Solidario?
Debes cumplir con los siguientes requisitos para acceder al pago del beneficio:
- Estar cesante al momento de solicitarlo.
- Tener recursos insuficientes en tu CIC para financiar los pagos mientras te encuentras sin empleo.
- Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario al menos en los 24 meses (dos años) anteriores al despido.
- Tus tres últimas cotizaciones deben ser continuas y pertenecer al mismo empleador.
- Tu contrato de trabajo debe haber finalizado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Debes tener activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo, junto con aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que están disponibles en la plataforma.
Por último, para solicitar el Fondo de Cesantía Solidario deberás ingresar a la página web de la AFC con tu Clave Única y completa los datos requeridos. Podrás revisar en la misma página web si tu solicitud fue aprobada, además de conocer la fecha y forma de pago.