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¿Quiénes pueden recibir un Aguinaldo de Fiestas Patrias y cuáles son sus montos?

Revisa en la siguiente nota si puedes acceder a uno de los aguinaldos por las fiestas nacionales que entregan diferentes empleadores según las edades y sector laboral de las personas.

Aguinaldo de Fiestas Patrias. Este beneficio se otorga una vez al año durante las primeras semanas de septiembre. (Crédito; Aton)

El Aguinaldo de Fiestas Patrias es una ayuda económica destinada para las personas de diferentes sectores laborales del país, quienes llegarán a recibir una bonificación mensual durante septiembre.

La entrega del monto de dinero está establecido por la Ley 21405, que otorga un reajuste de remuneraciones para los colaboradores que se desempeñen en cargos de planta o a contrata hasta el 31 de agosto de este año, e incluye personas ya jubiladas.

Entre las ayudas disponibles, los montos son variables y el aporte se entrega a través de un sólo pago único.

¿Cuáles son los Aguinaldos de Fiestas Patrias?

Los Aguinaldos de Fiestas Patrias se dividen en tres, los que están dirigidos para los pensionados, los que van en ayuda de trabajadores del sector privado y los que corresponden a los operadores del sector público y a continuación puedes revisar sus detalles:

El Aguinaldo de Fiestas Patrias para el sector público consiste en una entrega de dinero que se comenzará a pagar desde el 1 de septiembre de este año, pero la fecha puntual la debe determinar cada empleador en la institución estatal del país al cual pertenezca el colaborador, por ende no hay una fecha fija establecida para quienes puedan recibirlo y sólo puede informarse a través de su empresa sobre su entrega.

El Aguinaldo de Fiestas Patrias para Pensionados se paga una sola vez en el año junto a la pensión de septiembre para las personas mayores que cumplen estos requisitos:

  • Ser pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2023, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios del Subsidio de Discapacidad.

Y el Aguinaldo del sector privado, el cual el empleador no tiene una obligación legal para entregarlo, pero un colaborador de este sector laboral puede tener derecho a recibirlo si se encuentra contemplado en su contrato o si existe un convenio colectivo donde el aguinaldo se encuentre incorporado como cláusula. (Como los sindicatos).

En casos como los anteriores, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador como un derecho del trabajo.

Buscan que el aguinaldo sea obligatorio para todos los trabajadores del país.
Este 2023 las fiestas nacionales se realizarán el 18 y 19 de septiembre.

¿Cuáles son los montos de los Aguinaldos de Fiestas Patrias?

El monto del Aguinaldo de Fiestas Patrias para el sector público será de $81.196 mil para trabajadores con una remuneración líquida de agosto del 2023 igual o inferior a $943.703 mil. En cambio, para quienes reciben una remuneración superior a la cantidad descrita recibirán $56.365 mil.

El del Aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados entrega un monto base de $23.261 por pensionada o pensionado, valor que se incrementará en $11.931 por cada persona acreditada como carga familiar.

Sobre el Aguinaldo del sector privado, los montos dependen de los acuerdos previos que mantenga con su empleador y debe averiguarlo directamente en su sitio de trabajo.





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