Consulta con tu RUT si tu hijo puede recibir $11 mil por asistir al colegio

Este beneficio no es postulable, ya que se entrega de forma automática a quienes cumplan con los requisitos establecidos en la ley.

Bono Asistencia Escolar. Consulta con tu RUT si tu hijo puede recibir $11 mil por asistir al colegio. (Crédito; Aton)

El Bono Asistencia Escolar es un beneficio económico que entrega pagos mensuales de $11 mil a estudiantes que tengan entre 6 y 18 años de edad.

Del mismo modo, solo se entrega a familias usuarias del Subsistema de Chile Seguridades y Oportunidades, cuyos hijos se encuentren en educación básica o media.

Por su parte, el Bono por Asistencia Escolar es para los estudiantes que cumplan con una asistencia mensual superior o igual a un 85%.

El Bono Asistencia Escolar se entrega de forma mensual y en la cuenta bancaria de la jefa o jefe de hogar.
El Bono Asistencia Escolar se entrega de forma mensual y en la cuenta bancaria de la jefa o jefe de hogar.

Conoce si tu hijo puede recibir el Bono Asistencia Escolar

Para conocer de forma más rápida y sencilla si a tu hija o hijo le corresponde el aporte mensual, puedes revisar de la siguiente forma:

  • Ingresa a Mi Chile Atiende.
  • Escribe tu RUT o el del estudiante.
  • El sistema indicará si eres beneficiario, además de la fecha y forma de pago.

¿Cuáles son los requisitos del Bono Asistencia Escolar?

Podrán recibir el aporte mensual los causantes de las familias que sean participantes de Chile Seguridades y Oportunidades y que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estar recibiendo el Bono de Protección y el Bono Base Familiar.
  • Que la familia, en su composición familiar, tenga niños, niñas y adolescentes cuya edad esté entre los 6 y los 18 años al 31 de marzo del año respectivo.
  • Que los niños, niñas y adolescentes estén cursando estudios en un establecimiento institucional reconocido por el Estado, en los niveles de educación básica o media.
  • Que los niños, niñas y adolescentes cumplan una asistencia escolar mensual igual o superior al 85%. Para cumplir con esta condición durante los meses de enero y febrero, se considerará la asistencia escolar promedio para el período julio-diciembre del año anterior.