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Subsidio Único Familiar: ¿Quiénes pueden recibir los pagos del SUF?

Con la entrega del Subsidio Único Familiar se busca apoyar monetariamente a madres y padres que no puedan costear los gastos de sus cargas familiares.

El Subsidio Único Familiar (SUF) es un aporte monetario que se entrega mensualmente por tres años a madres o padres que no puedan costear los gastos completos de sus cargas familiares.

A través de este beneficio el Instituto de Previsión Social (IPS) otorga pagos de $16.828, monto que se duplica en caso de que una de las cargas presenten alguna discapacidad.

En caso de resultar beneficiaria o beneficiario de este aporte, podrás consultar tus fechas de pago ingresando al sitio habilitado por Chile Atiende y digitando tu RUT.

¿Quiénes pueden acceder al Subsidio Único Familiar?

Las personas que podrán recibir los pagos de este beneficio son aquellas que se encuentren en el 60% del Registro Social de Hogares y no puedan costear los gastos de sus cargas familiares.

Además, deberán cumplir con alguno de los siguientes roles:

  • Madre.

  • Padre.

  • El o la Guardadora que tenga a su cargo al o los menores.

  • La persona natural que tenga a su cargo persona(s) con discapacidad intelectual o inválidos de cualquier edad que vivan a sus expensas.

  • Embarazadas (reciben el Subsidio Maternal).

¿Cómo puedo acceder al beneficio?

Si cumples con las condiciones y quieres solicitar el Subsidio Único Familiar debes dirigirte a la municipalidad correspondiente a tu domicilio y presentar la siguiente documentación, según corresponda:

  • Certificado de nacimiento del menor.

  • Carnet Control Niño Sano al día, para menores de 6 años.

  • Certificado de alumno regular, para mayores de 6 años y menores de 18.

  • Para las personas con discapacidad intelectual, se debe presentar acreditación de su condición. Esto se realiza a través de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.

  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los Servicios de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.

  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

El Municipio se encargará de verificar que cumplas con las condiciones para recibir el aporte de tres años. La respuesta se te será entregada por la misma entidad cuando esté disponible.

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