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Matrimonios que cumplan 50 años pueden solicitar este bono de 425 mil pesos

Es importante que, aquellos interesados este este aporte, tengan en cuenta que hay un plazo máximo para poder obtener este beneficio.

Bono Bodas de Oro.
Bono Bodas de Oro. Conoce cómo puedes solicitarlo. Créditos: Pexels

Todo aquellos matrimonios que cumplan su quincuagésimo aniversario de casados, pueden obtener el aporte económico estatal llamado Bono Bodas de Oro, no obstante, se tiene que demostrar y cumplir con los requisitos establecidos.

Además, quienes estén interesados en solicitar esta bonificación no pueden ser parejas separadas o divorciadas, tienen que vivir en el mismo lugar y formar parte del 80% más vulnerable económica de la población, en base a los índices del Registro Social de Hogares.

Cabe señalar que, este beneficio se entrega en un solo cobro por única vez de $425.360, donde este se divide en montos iguales para cada cónyuge vivo de 212.680.

Es importante destacar que, para solicitar y obtener esta ayuda monetaria, existe un plazo máximo de un año desde el día de la celebración del quincuagésimo aniversario para cobrarlo.

¿Cómo solicitar el Bono Bodas de Oro?

Aquellas parejas que hayan o estén por cumplir 50 años de casados, tienen el derecho para acceder a este beneficio tanto de manera presencial o forma remota.

En el caso de que se desee realizar el trámite de forma presencial, se deben acudir a las oficinas de Chile Atiende que se encuentran a lo largo de todo el país.

Quienes quieran hacer la solicitud vía internet, tienen que ingresar a la página web de Chile Atiende, además, durante el horario de 8:00 a 17:00 horas de lunes a viernes para obtener una video atención.

Pantallazo de la sucursal virtual de Chile Atiende.
Así se ve la página donde puedes pedir el beneficio. (Chile Atiende.)

¿Qué requisitos tiene este beneficio?

Los matrimonios que cumplan con los siguientes requisitos establecidos podrán obtener este aporte:

  • No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
  • Se encuentren en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
  • Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
  • Acreditan residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.


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