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Asignación por Muerte: ¿Qué requisitos debes cumplir para obtener los $889 mil del aporte?

El Estado tiene este aporte pensado para las familias que atraviesan momentos difíciles y duelo.

Asignación por Muerte. Revisa en la nota cómo puedes acceder a este subsidio. (Crédito; Pixabay)

En el caso de que una persona del grupo familiar fallezca, existe la opción de obtener un aporte económico estatal conocido como Asignación por Muerte. Este beneficio tiene como objetivo apoyar con los gastos funerarios de las familias en momentos difíciles.

Para ser elegible para esta ayuda económica, la persona fallecida debe haber sido pensionada en el sistema previsional antiguo o beneficiaria del Pilar Solidario o la actual Pensión Garantizada Universal (PGU).

El monto de la Asignación por Muerte varía y está directamente relacionado con el valor del sueldo mínimo en el país. En la actualidad, este es equivalente a tres ingresos mínimos, alcanzando los $889.533.

Revisa los requisitos necesarios para acceder al aporte. (Crédito; Pixabay)

¿Cuáles son los requisitos de la Asignación por Muerte?

Las familias interesadas en acceder a esta compensación deben tener en cuenta que tanto personas naturales como jurídicas que hayan costeado los gastos funerarios del beneficiario fallecido pueden pedirla. Pese a lo anterior, para recibirla, es necesario que el fallecido haya cumplido con los requisitos establecidos que detallamos a continuación:

  • No debe registrar afiliación del Decreto Ley (DL) N° 3.500 a la fecha de la muerte.
  • Haya sido beneficiario o beneficiaria de la ex Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), es decir, obtuvo la pensión antes del 1 de febrero de 2022, fecha en que entró en vigencia la Pensión Garantizada Universal (PGU).
  • Haya tenido, al menos, una cotización en alguna de las ex cajas de previsión dentro de los últimos seis meses anteriores a su fallecimiento.
  • Haya sido beneficiario o beneficiaria de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o pensión de Sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una AFP (DL Nº 3.500).
  • Haya sido beneficiario o beneficiaria de un Subsidio de Incapacidad Laboral, SIL, Subsidio de Cesantía, o Subsidio de Discapacidad.
  • Haya sido pensionado o pensionada de las ex cajas de previsión y leyes especiales. En el caso de los pensionados o pensionadas de orfandad y convivencia, causarán el beneficio siempre que, además, hayan sido beneficiarios de Aporte Solidario a la fecha del fallecimiento.

¿Cómo pedir la Asignación por Muerte y qué documentos son requeridos?

Quienes estén interesados en este beneficio pueden solicitarlo tanto de manera presencial, en las oficinas de Chile Atiende, y de forma remota, mediante la página web del Instituto de Previsión Social.

Presencial

Las personas que hagan el trámite de manera presencial, tienen que dirigirse a las sucursales de Chile Atiende que se encuentran por todo el país. Después, con todos los documentos necesarios, debe decir el motivo de visita para solicitar la Asignación por Muerte.

Finalmente, se les entregará un comprobante de solicitud. Dentro de los próximos cinco días se podrá obtener información del estado de esta al número 101, entre las 8:00 y 18:00 horas de lunes a viernes.

Online

  • Ingrese a la página habilitada por Chile Atiende
  • Seleccionar la opción que dice “Persona” y escribir el RUT.
  • Luego, haga clic en “Solicitar Asignación por Muerte”.
  • Ingrese el RUN del causante, información de la empresa funerario y del beneficiario, adjuntando toda la documentación.

Después de completar el procedimiento, se habrá realizado la solicitud de la Asignación por Muerte. En el mismo enlace, podrá verificar el estado de su solicitud.

Es importante recalcar que, en cualquiera de las dos formas en las que se puede solicitar este beneficio, se debe presentar la siguiente documentación:

  • Clave Única, si el trámite lo realiza en línea.
  • Factura original entregada por la empresa funeraria.
  • Certificado de sepultación, si han pasado más de 30 días desde el fallecimiento de la persona causante.

Si se encarga la empresa funeraria, son los siguientes documentos:

  • Factura original.
  • Copia de la cédula de identidad de la persona beneficiaria.
  • Cesión de derecho.

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