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Conoce si puedes recibir el aporte mensual de la Asignación Familiar

Esta ayuda del Estado se paga mes a mes y entrega un aporte por cada persona menor de 18 años que viva a expensas de la o el beneficiario.

Asignación Familiar. Conoce si puedes recibir el dinero de este beneficio. (SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE/SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE)

El Sistema de Prestaciones Familiares se compone de cuatro beneficios económicos: Subsidio Único Familiar (SUF), Subsidio Maternal, Asignación Maternal y Asignación Familiar.

Este último es una ayuda en dinero que está dirigido a todos quienes tengan causantes o personas que vivan a expensas del beneficiario. En relación al monto, este alcanza los $20 mil al mes.

Sin embargo, el total a pagar dependerá del sueldo que perciba la persona y la cantidad de cargas que este tenga acreditadas ante el Instituto de Previsión Social (IPS).

Requisitos para ser beneficiario de la Asignación Familiar

Podrán solicitar este dinero mensual, solo quienes cumplan algunas condiciones, tales como ser trabajador dependiente o independiente. También pueden acceder al subsidio quienes estén con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).

De la misma forma, adultos mayores o pensionados menores a 65 años de edad también pueden recibir la Asignación Familiar, siempre que sean:

  • Pensionados de cualquier régimen.
  • Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
La Asignación Familiar está orientada a quienes reciban un sueldo o ingreso de forma mensual. (MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE/MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE)

Fecha de pago de la Asignación Familiar

La día en que se entrega el dinero de esta asignación es diferente para cada beneficiario, ya que esto dependerá de si el beneficiario es trabajador dependiente, independiente, pensionado o subsidiado.

  • Trabajadores dependientes: es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
  • Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
  • Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
  • Pensionados: paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
  • Personas subsidiadas por cesantía: se paga junto al subsidio.

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