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Sigue estos pasos para cobrar el nuevo monto de la Pensión Garantizada Universal

Entregada por el Insituto de Previsión Social (IPS), la PGU aumentó desde febrero a $214.296 mensuales.

Pensión Garantizada Universal. Más de 2 millones 160 mil personas reciben la PGU. (MARCELO HERNANDEZ/ATON CHILE/MARCELO HERNANDEZ/ATON CHILE)

Desde febrero del 2022, fecha en la que entró en vigencia la Ley 21.419, la Pensión Garantizada Universal (PGU) comenzó a ser pagada por el Instituto de Previsión Social (IPS) a más de un millón y medio de personas mayores de 65 años en todo el territorio nacional.

Estos se convirtieron en beneficiarios automáticos por recibir la Pensión Básica Solidaria Vejez (PBSV) o el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV). Además, el IPS empezó a recibir solicitudes de PGU de quienes no eran beneficiarios de Pilar Solidario de Vejez.

Actualmente, ya son más de 2 millones 160 mil personas quienes reciben el aporte económico estatal cuyo monto aumentó desde febrero del 2024 a $214.296 mensuales.

Para recibir la nueva cifra de la Pensión Garantizada Universal hay que cumplir con una lista de requisitos y realizar la solicitud correspondiente.

Conoce cómo acceder a los pagos de este beneficio.
Conoce cómo acceder a los pagos de este beneficio.

¿Cómo postular a los pagos de la Pensión Garantizada Universal?

Hay varias maneras de solicitar la PGU:

  • En línea, a través del sitio www.chileatiende.cl, con Clave Única.
  • Presencialmente, en las 200 sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS.
  • A través de videoatención, ingresando por el sitio www.chileatiende.cl o www.ips.gob.cl.
  • En las municipalidades en convenio con el IPS.
  • En las AFP o compañías de seguros a la que estén afiliadas las personas.

¿Qué requisitos debes cumplir para que te sea aprobada la PGU?

Estos son los antecedentes requeridos:

  • Haber cumplido 65 años o más.
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población.
  • Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, desde los 20 años de edad. También al menos cuatro años, de los últimos cinco anteriores a la solicitud del beneficio.
  • Contar con una pensión base calculada menor a la pensión máxima determinada por la normativa para este beneficio (esto es una pensión calculada menor a $1.158.355).

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