La Asignación Familiar es un estímulo económico estatal entregado por el Sistema de Prestaciones Familiares para cada individuo que dependa del beneficiario.
De igual manera, este subsidio está dirigido a trabajadores y personas jubiladas o subvencionadas por el Estado. Además, las asignaciones están destinadas a aquellos que reciben ingresos, contribuyen al sistema previsional y tienen la responsabilidad de proveer a sus familias. Ahora es de suma importancia para las familias considerando que comienzan pronto las clases en marzo y se vienen gastos importantes.
En cuanto al monto, la Asignación Familiar proporciona hasta $20.328 por beneficiario. No obstante, este monto puede variar según el salario del trabajador, así como el número de personas a su cargo. En la siguiente nota te dejamos más datos.
![Conoce quienes pueden optar a este beneficio.](https://www.encancha.cl/resizer/v2/NFVUOUBHURFT5IM2MGCC7URZSI.png?auth=052f24213a79341582ba654b7d8e4eb0efc2eb848b2fb392fc32c17729a32f43&smart=true&width=1200&height=800&quality=70)
Estas personas pueden recibir la Asignación Familiar
Para recibir el pago de este bono, las personas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Trabajadores que sean dependientes del sector público y privado.
- Trabajadores independientes que estén afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, y que contemple entre sus beneficios el de la Asignación Familiar.
- Trabajadores independientes que estén obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
- Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
- Pensionados de cualquier régimen.
- Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Instituciones del Estado que estén a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
- Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
- Trabajadores que tengan pleno derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
- Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
- Los beneficiarios del Subsidio para personas que sufran de alguna discapacidad mental menores de 18 años. No obstante sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.