Perder a un familiar o a un amigo es un momento muy difícil para cualquier persona, razón por la cual el Instituto de Previsión Social entrega la Asignación por Muerte.

Este beneficio del Estado otorga por única vez $889.533 que ayudarán a los seres queridos del fallecido a cubrir los gastos de sus funerales. Aquí te contamos quiénes reciben este aporte y cómo puedes solicitarlo.

Entérate cómo puedes cobrar este beneficio estatal si perdiste a un ser querido recientemente.
Asignación por muerte. Entérate cómo puedes cobrar este beneficio estatal si perdiste a un ser querido recientemente.

¿Quiénes pueden recibir la Asignación por Muerte?

Para poder optar al aporte de Asignación por Muerte que entrega el IPS, la persona fallecida no debe registrar afiliación al sistema del Decreto Ley (DL) Nº 3.500 al momento de su fallecimiento. Además, debe cumplir con alguno de los siguientes requisitos:

  • Haber sido beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o del Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) antes del 1 de febrero de 2022.
  • Haber tenido al menos una cotización en alguna de las ex cajas de previsión dentro de los seis meses anteriores a su fallecimiento.
  • Haber sido beneficiado con la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o Pensión de Sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una AFP (DL Nº 3.500).
  • Haber recibido un Subsidio de Incapacidad Laboral, SIL (DFL Nº 44, de 1978 y Ley Nº 16.744), Subsidio de Cesantía (DFL Nº 150, de 1981) o Subsidio de Discapacidad.
  • Haber sido pensionado de las ex cajas de previsión y leyes especiales. En el caso de los beneficiados de orfandad y convivencia, estos recibirán la asignación siempre y cuando hayan recibido el aporte solidario a la fecha del fallecimiento.
  • Cabe señalar que quienes reciben la actual Pensión Garantizada Universal (PGU) reciben otro beneficio llamado Cuota Mortuoria, el que tiene el mismo fin y entrega hasta 15 UF ($559.301) para los gastos funerarios.

Quien recibirá la Asignación por Muerte en nombre del fallecido o fallecida será aquella persona natural o jurídica que haya incurrido en el pago de sus gastos funerarios y que pueda demostrarlo mediante documentación oficial.

¿Cómo solicito la Asignación por Muerte?

El trámite para solicitar la Asignación por Muerte se puede realizar de forma presencial en cualquiera de las oficinas de ChileAtiende a lo largo del país, o bien a través del sitio web del IPS, siguiendo los siguientes pasos:

  • Ingresa tu RUT, y en el apartado de Trámites pulsa en “Asignación por Muerte/Cuota Mortuoria”.
  • Digita el RUT de la persona fallecida causante.
  • Ingresa al portal con tu RUT y ClaveÚnica.
  • Si cumple con los requisitos, completa los datos requeridos (de la empresa funeraria y del solicitante).

En ambos casos, al realizar la solicitud deberás presentar además la siguiente documentación:

  • Factura original entregada por la empresa funeraria.
  • Certificado de sepultación si han pasado más de 30 días desde el fallecimiento de la persona causante.
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