Este sábado, el Servicio Electoral (Servel) publicó la nómina oficial de vocales de mesa para las Elecciones Primarias 2025, las que buscarán encontrar al candidato presidencial por el pacto Unidad por Chile, puesto que se debatirá entre Gonzalo Winter (F.A), Carolina Tohá (PPD), Jeannette Jara (P.C) y Jaime Mulet (FRVS).
Estas se realizarán el próximo domingo 29 de junio, y durante la jornada podrán votar de forma voluntaria las personas que estén afiliadas a los partidos que participen del proceso y los independientes que no tengan filiación política.
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Revisa con tu RUT si fuiste seleccionado como vocal de mesa para las Elecciones Primarias 2025
Puedes revisar de forma fácil y sencilla si te corresponde ser vocal de mesa durante las próximas Elecciones Primarias a través de la web del Servel haciendo click aquí.
Una vez allí, deberás ingresar tu RUT sin puntos ni guión y luego pulsar tanto en el captcha de seguridad como en “Consultar”. La página te mostrará si te corresponde cumplir con el rol, así como también si estás habilitado para votar y dónde podrás hacerlo.
¿Cuáles son las multas por no presentarse siendo vocal de mesa?
Según la información del Servel, quienes no se presenten a ejercer su rol como vocales de mesa podrán ser sancionados con una multa de entre 2 y 8 UTM, que a junio del 2025 equivalen a $137.570 y $550.280 respectivamente.
Para ello, el organismo estableció un periodo entre el 9 y el 11 de junio para excusarse en caso de que hayas sido seleccionado y no puedas asistir por cualquiera de las causales que establece la ley, que son las siguientes:
- Tener más de 70 años de edad.
- No estar en el país o estar radicado en alguna localidad distante a más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas.
- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N°18.700, o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Personas gestantes durante todo el periodo de embarazo.
- Padre o madre de un hijo o hija de menos de dos años, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento del o la menor. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
- Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
Así, se espera que la lista definitiva con los vocales de mesa para las Elecciones Primarias 2025 se publique el próximo sábado 14 de junio.