Extranjeros que quieran comprar su casa propia en Chile podrán recibir hasta 2.200 UF: conoce los requisitos

Para postular se solicita un monto mínimo en la cuenta de ahorro para la vivienda.

Beneficios para extranjeros que vivan en Chile. Para optar este subsidio deben acreditar residencia definitiva en el territorio nacional.

El Instituto Nacional de Estadísticas (INE) reportó que la población migrante en Chile representa el 8,8 del total, lo que sería 1,6 millones de personas aproximadamente. A su vez, determinó que esta cifra va en aumento.

Muchos de los extranjeros han residido en el territorio nacional de forma temporal. Sin embargo, existen otras que se quedaron definitivamente a cumplir sus sueños, uno de ellos: optar a la casa propia.

Deben cumplir con estos requisitos para postular al beneficio del Estado.
Subsidio DS1 para extranjeros.Deben cumplir con estos requisitos para postular al beneficio del Estado.

¿Los extranjeros pueden optar a algún subsidio habitacional en Chile?

Sí, los extranjeros que vivan en nuestro país de forma definitiva pueden acceder al Subsidio Habitacional DS1. Este se divide en tres tramos:

  • Tramo 1: permite comprar viviendas de hasta 1.100 UF.
  • Tramo 2: permite comprar viviendas de hasta 1.600 UF.
  • Tramo 3: permite comprar viviendas de hasta 2.200 UF.

Importante: la diferencia entre ellos radica en el valor máximo de la vivienda y las modalidades de postulación.

Subsidio DS1 para extranjeros que residen en Chile

Las personas que quieran acceder a este beneficio que entrega el Estado de Chile, deben cumplir con:

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Presentar tu Cédula de Identidad para extranjeros con residencia definitiva (se puede obtener en el sitio web del Servicio Nacional de Migraciones).
  • Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses.
  • Acreditar un ahorro mínimo de 80 UF.
  • Estar inscritos en el Registro Social de Hogares (RSH).

En caso de postular colectivamente deben tener presente lo siguiente:

  • Tener un mínimo de 10 integrantes.
  • Postular a través de una entidad patrocinante.
  • Contar con un proyecto habitacional aprobado por el SERVIU.
  • No tener una vivienda o sitio con destino habitacional.
  • Tener capacidad de ahorro.
  • Poder complementar el valor de la vivienda con crédito hipotecario recursos propios.

Importante: en algunas regiones del país el valor de la vivienda no pueden superar las 2.600 UF.