
Al igual que un ciudadano chileno, cientos de extranjeros que residen en el país desconocen que pueden postular o adjudicarse un beneficio del Estado de manera automática.
Dichos apoyos monetarios son respaldados por la Ley de Migración y Extranjería (Ley N.° 21.325), la que establece explícitamente el “acceso a la seguridad social y beneficios de cargo fiscal. Para el caso de beneficios, los extranjeros podrán acceder a estos, en igualdad de condiciones que los nacionales, siempre y cuando cumplan con los requisitos”.


Bonos para extranjeros: cuáles puedes solicitar y cuántos años de residencia hay que tener
Para acceder a la mayoría de los beneficios del Estado, los extranjeros deben contar con cédula de identidad vigente y estar inscritos en el Registro Social de Hogares.
Una vez que tengan ambos trámites disponibles, podrán solicitar o adjudicar de manera automática los siguientes bonos y subsidios que entrega el Gobierno de Chile:
| Número | Beneficio | Residencia mínima | Tipo de visa necesaria | Monto |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Subsidio Único Familiar (SUF) | Sin requisito de años, solo residencia legal vigente | Temporal o definitiva | $22.007 mensuales por causante |
| 2 | Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) | 5 años continuos o discontinuos en los últimos 6 años | Permanencia definitiva | $137.751 mensuales |
| 3 | Pensión Garantizada Universal (PGU) | 20 años desde los 20 años de edad, donde 4 deben ser de los últimos 5 años, es decir, desde 2021 | Permanencia definitiva | Hasta $231.732 al mes (o $250.275 desde los 82 años) |
| 4 | Subsidio habitacional (DS19, DS49) | Sin requisito de años | Permanencia definitiva | Variable según beneficio adjudicado |
| 5 | Asignación Familiar | Residencia legal vigente | Temporal o definitiva, pero con trabajo formal | Hasta $22.000 mensuales por causante |
| 6 | Aporte Familiar Permanente | Sin requisito de años mínimos | Visa temporal o definitiva | $66.834 anuales por causante |
| 7 | Bono Invierno (adultos mayores) | El mismo que la PGU | Visa de permanencia definitiva | $81.257 anuales |
Requisitos de los beneficios para extranjeros
SUF
- Cédula de identidad para extranjeros vigente
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH)
- Pertenecer al 60% más vulnerable de la población
- Tener a cargo causantes (menores de 18 años o personas con discapacidad)
- Los niños menores de 8 años deben participar en controles de salud del Ministerio de Salud
- Los mayores de 6 años deben estar matriculados en un establecimiento educacional reconocido por el Estado
Asignación Familiar
- Cédula de identidad para extranjeros del trabajador
- Para acreditar hijos o cónyuge extranjeros: cédula del país de origen legalizada ante el consulado chileno
- Certificado de matrimonio del país de origen, legalizado ante el consulado chileno, en caso de cónyuge
- Declaración jurada simple si la cónyuge vive en el extranjero
PBSI
- Tener entre 18 y 65 años
- Haber sido declarado inválido por las Comisiones Médicas del Decreto Ley 3.500
- Pertenecer al 60% más pobre de la población según el Puntaje de Focalización Previsional
- No tener derecho a pensión en ningún régimen previsional
- Acreditar 5 años de residencia (continuos o discontinuos) en los últimos 6 años
PGU
- Tener 65 años o más (se puede solicitar desde los 64 años y 9 meses)
- No pertenecer al 10% más rico de la población
- 20 años de residencia en Chile (continuos o discontinuos) desde los 20 años de edad
- 4 años de residencia en los últimos 5 años previos a la solicitud
- Pensión base igual o menor a $1.252.602
- No estar afiliado a DIPRECA o CAPREDENA
Aporte Familiar Permanente
- Personas que tenían concedido el Subsidio Familiar al 31 de diciembre del año anterior.
- Familias pertenecientes a Chile Solidario o al Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), que eran beneficiarias de ellos al 31 de diciembre del año anterior.
- Personas que tenían concedida la Asignación Familiar o Maternal por sus cargas al 31 de diciembre del año anterior.
Bono Invierno
- Tener 65 años o más al 1 de mayo de 2025.
- Ser pensionado de la Pensión Garantizada Universal (PGU).
- Ser pensionado de AFP, compañías de seguros o instituciones de previsión social que reciban pensiones mínimas, o pensiones de gracia.
- Pensionados de leyes especiales

Documentos para postular a los beneficios para extranjeros en Chile
- Cédula de identidad para extranjeros (vigente)
- Clave Única activa
- Ficha del Registro Social de Hogares actualizada
- Certificado de permanencia definitiva o temporal
- Documentos de cargas familiares legalizados ante el consulado chileno
- Copia de contrato laboral (en caso de ser necesario)
- Certificado de cotizaciones en caso de contar con trabajo formal
Preguntas frecuentes sobre bonos para extranjeros
- ¿Puedo solicitar beneficios del Estado si tengo visa de residencia temporal?
En el caso del SUF y la Asignación Familiar, sí son accesibles con residencia temporal. No obstante, los subsidios de vivienda, la PGU y otros beneficios requieren permanencia definitiva.
- ¿Qué pasa si mi cédula de identidad como extranjero está vencida?
En ese caso, no podrás acceder a la mayoría de los beneficios. Inclusive, podrás perder algunos beneficios ya adjudicados, dado que en sus requisitos se exige contar con cédula de identidad vigente para extranjeros.
- ¿Necesito tener trabajo para recibir bonos en Chile?
No en todos los casos. Por ejemplo, el SUF, la PBSI y la PGU no requieren que estés trabajando al momento de solicitarlos.
- ¿Los años de residencia deben ser continuos?
No para todos los beneficios. Depende directamente de qué ayuda desees postular. En el caso de pensiones, sí se solicita un mínimo de años continuos.








