En 2025, 1.800 millones de adultos mayores se vieron beneficiados con el pago del Bono Invierno, un apoyo monetario a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS) que tiene por objetivo solventar parte de los gastos que generan las bajas temperaturas en Chile.

A través de un apoyo anual, el IPS busca aliviar el impacto económico que implica el invierno para este grupo de la población, especialmente en costos asociados a calefacción, salud y alimentación.

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Con el fin de beneficiar a más adultos mayores, este beneficio se entrega de manera automática.
Bono Invierno 2026. Con el fin de beneficiar a más adultos mayores, este beneficio se entrega de manera automática.

Requisitos del Bono Invierno 2026

Para acceder al aporte monetario, los adultos mayores deben cumplir con los siguientes requisitos establecidos por el Instituto de Previsión Social:

  • Tener 65 años o más al 1 de mayo de 2026.
  • El beneficio no requiere postulación: se otorga de forma automática a quienes cumplan los criterios.

Además, se debe pertenecer a alguno de los siguientes grupos:

  • Pensionados del IPS, ISL (Instituto de Seguridad Laboral), Capredena, Dipreca o mutualidades de empleadores, cuyo monto de pensión sea igual o inferior a la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más ($231.440,35, reajustable en septiembre de cada año).
  • Pensionados de una AFP que reciban pensión mínima con garantía estatal.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU) que no reciben ninguna otra pensión. Siempre tendrán derecho al bono, incluso si el monto de la PGU supera la mínima de $222.474,62.
  • Titulares de Pensión de Reparación: víctimas de prisión política y tortura (Leyes Rettig y Valech), pensión de viudez de reparación o pensión no contributiva de exonerados políticos. Siempre tendrán derecho al bono, aunque su pensión supere el monto mínimo.
  • Pensionados que además reciban APSV (Aporte Previsional Solidario de Vejez), PGU o pensión especial de reparación, cuya pensión contributiva sea igual o inferior al valor de la pensión mínima de vejez para mayores de 75 años ($231.440,35). Nota: para calcular este tope, no se suman los montos del APSV, PGU ni pensiones de leyes de reparación.

Monto y fecha de pago del Bono de Invierno 2026

Pese a que el IPS aún no anuncia el monto fijado para este año, se espera que sea similar o mayor al de 2025, el cual fue de $81.257 por persona.

En tanto, este beneficio presenta las siguientes características de pago:

  • No es tributable ni imponible: el beneficiario recibe el monto completo.
  • Pago único: Se entrega una sola vez al año.
  • Modalidad: Se incluye en la liquidación habitual del pensionado, ya sea mediante transferencia bancaria o pago presencial en Caja Los Héroes, BancoEstado u otros centros habilitados.

Con relación al día de pago, se deposita junto con la pensión correspondiente a mayo de 2026, lo que puede ocurrir entre el 1 y el 30 del mes indicado.

El monto se deposita junto con el pago de la pensión estatal que recibe el beneficiario.
Bono Invierno. El monto se deposita junto con el pago de la pensión estatal que recibe el beneficiario.

Estos adultos mayores no podrán recibir el beneficio

Según la Ley N.º 21.724, las siguientes personas quedan excluidas del Bono de Invierno 2026:

  • Quienes reciben más de una pensión, salvo que la suma total de dichas pensiones sea igual o inferior a la pensión mínima de vejez para mayores de 75 años ($231.440,35). Esto incluye el seguro social de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, y las pensiones de gracia.
  • Titulares del Subsidio de Discapacidad: este beneficio está dirigido a personas menores de 18 años y no cumple el requisito de edad del bono. Aunque el titular reciba otra pensión adicional, no podrá acceder al Bono de Invierno.
  • Titulares de la Indemnización del Carbón (artículos 11 y 12 de la Ley N° 19.129): no están contemplados en la ley del beneficio. Aunque cuenten con otra pensión adicional y la suma sea inferior al tope, igualmente quedan excluidos.

En los casos del Subsidio de Discapacidad y de la Indemnización del Carbón, la exclusión es absoluta, incluso si la suma de todos sus ingresos previsionales es inferior al monto mínimo establecido.

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