El 10 y 13 de febrero de 2026, Blanco y Negro S.A. —la sociedad anónima abierta que concesiona los activos del Club Social y Deportivo Colo-Colo— remitió a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) dos hechos esenciales que, en apariencia, solo consignan un ajuste contable.

Pero detrás de esas cifras hay una historia mucho más larga y mucho más reveladora: la de cómo el Estado chileno ha construido y sostenido, durante más de 20 años, un régimen tributario de privilegio exclusivo para los clubes de fútbol profesional.

Lo que comunicaron los documentos es lo siguiente: a raíz de la entrada en vigor de la Ley N°21.713, que modificó el régimen de intereses moratorios tributarios en Chile, el Servicio de Impuestos Internos dictó la Resolución Exenta N°75 de 2025, reduciendo la tasa de interés penal aplicable de un 19,56% anual a un 8% anual.

Como consecuencia de ello, la deuda tributaria que B&N carga en su balance experimentó una rebaja de aproximadamente $8.840 millones a $5.326 millones de pesos, es decir, una disminución cercana al 40%. El ajuste contable permitió, solo en diciembre de 2025, reconocer una utilidad financiera de $3.067 millones de pesos bajo el concepto de “Otros Impuestos”.

Colo Colo Es el club con más copas en la historia de Chile. También el con mayor deuda tributaria. (Foto: Photosport)

Una ley tributaria única para los clubes chilenos

Para entender por qué esto importa, hay que remontarse al año 2005. Con la dictación de la Ley N°20.019, que creó el marco legal para las Sociedades Anónimas Deportivas profesionales en Chile, el legislador también aprobó un régimen transitorio de pago de deudas tributarias que, en la práctica, no tiene equivalente para ningún otro tipo de contribuyente en el ordenamiento jurídico chileno. Los clubes de fútbol que se acogieran al sistema podían suscribir convenios de pago a plazos de hasta 30 años, con cuotas calculadas en función de sus ingresos o utilidades, con condonaciones masivas de intereses y multas, y sin el riesgo real de ser sometidos a un procedimiento de cobro ejecutivo.

La Tesorería General de la República confirmó al autor de esta columna, que no existe en materia tributaria, ninguna otra posibilidad de pago que opere en función de los ingresos o las utilidades del deudor. Dicho de otro modo: cualquier otro contribuyente que adeude impuestos enfrenta la cobranza ordinaria, los intereses penales y, eventualmente, el apremio judicial. Los clubes de fútbol, no.

Colo Colo, el club profesional chileno más beneficiado

Colo Colo fue, desde un principio, el principal beneficiario de ese sistema. Según datos recabados y que forman parte de nuestra investigación consignada en el libro “El salvataje del fútbol profesional chileno: Una Historia Reservada (cuyo coautor es el profesor José Luis Alliende), la deuda tributaria original de la corporación alba ascendía a $14.528.959.571, sobre la cual se le condonó $6.134.652.689 ya en 2005, quedando la deuda neta en $8.394.306.882. La deuda original, actualizada a diciembre de 2025, equivaldría a más de $17.800 millones de pesos.

Lo que revelan los estados financieros de Blanco y Negro S.A. —disponibles en el sitio web de la CMF— es aun más preocupante. Entre 2010 y 2023, B&N acumuló resultados negativos por más de $15.900 millones de pesos. Y durante ese mismo período, la deuda fiscal no disminuyó: partió en $9.763 millones en 2010 y llegó a $12.026 millones al cierre de 2023. Incluso en el año 2018, cuando obtuvo su mejor resultado financiero de la década, con ganancias de $4.232 millones, la deuda fiscal creció levemente. El sistema privilegiado no recaudó. Solo postergó. Y ahora, gracias a una ley general que baja los intereses penales para todos los contribuyentes, la deuda se reduce en un 40% de un plumazo.

Aquí radica la paradoja más profunda de este caso. La Ley N°21.713 no fue diseñada para beneficiar a los clubes de fútbol. Es una norma de carácter general, aplicable a todos los deudores tributarios, cuyo propósito fue reducir la carga de intereses moratorios que afecta al contribuyente común.

Pero como los clubes del fútbol profesional arrastran una deuda fiscal de proporciones que ningún otro contribuyente del país tiene en condiciones similares —es decir, resguardada por un régimen de convenio especial que impide la ejecución forzada—, el efecto de esa rebaja general se concentra extraordinariamente en su beneficio. Una ley pensada para aliviar al pequeño deudor termina siendo la fuente de utilidades contables millonarias para la sociedad anónima dueña del equipo más popular de Chile.

El impacto de la medida en la propiedad de B&N S.A.

Conviene ser precisos en este punto, porque la distinción es jurídicamente relevante. La rebaja de la tasa de interés penal del artículo 53 del Código Tributario —que pasa de un 19,56% a un 8% anual— fue concebida para el contribuyente ordinario: aquel que debe impuestos, que tiene plazos perentorios para pagar y que, si no lo hace, enfrenta el cobro ejecutivo por parte del Fisco. Para ese contribuyente, la tasa de interés moratorio es una presión real y presente. Para B&N S.A., en cambio, la situación es radicalmente distinta. La sociedad no enfrenta apremio alguno: su convenio con la Tesorería la ampara, le garantiza hasta 30 años para pagar y le permite calcular su cuota anual en función de las utilidades o ingresos que obtenga.

Junta Ordinaria de Accionistas de Blanco y Negro 28/04/2025 Aníbal Mosa presidió la reunión anual, donde fueron rechazados los estados financieros de ByN.

En otras palabras, los intereses del artículo 53 no cumplen para B&N la misma función que para cualquier otro deudor tributario: no son un incentivo para pagar pronto, sino que simplemente una variable contable que se ajusta en su favor cada vez que el marco normativo general se modifica. El subsidio, lejos de extinguirse con el tiempo, se renueva y se profundiza.

Pero quizás el aspecto más sugestivo de todo esto aún está por desarrollarse. Hay que recordar lo que ocurrió con Azul Azul S.A., la concesionaria de la Universidad de Chile. Cuando esa sociedad pagó íntegramente su deuda tributaria con la Tesorería —financiada, por cierto, mediante la emisión de bonos y no con recursos propios—, se activó automáticamente la cláusula del contrato de concesión que prorroga su vigencia por 15 años adicionales. Es decir, el pago de la deuda fiscal no solo extinguió una obligación con el Fisco: le concedió a la sociedad 15 años más de control sobre los activos del club, sin que ello requiriera ningún acuerdo con la corporación deportiva ni con sus socios.

Sería un error, sin embargo, asumir que B&N S.A. está en la misma situación jurídica que Azul Azul. Una lectura atenta de la Cláusula Duodécima del contrato de concesión suscrito en junio de 2005 entre el Club Social y Deportivo Colo Colo (en quiebra) y Blanco y Negro S.A. revela un mecanismo sustancialmente distinto, y si cabe, aún más revelador sobre las asimetrías de poder que el sistema construyó.

La concesión original se pactó por 30 años, venciendo en junio de 2035. Al término de ese plazo, B&N S.A. podrá prorrogarla por 30 años adicionales, pero las condiciones de esa prolongación dependen enteramente de si la deuda tributaria está o no pagada. El contrato establece dos escenarios radicalmente distintos. Si al año 30 la deuda está totalmente pagada, el precio de la prórroga permite a la Corporación hacerse dueña del 50% de las acciones de B&N S.A., y la concesión se renueva automáticamente por tres períodos adicionales de 30 años cada uno —es decir, hasta por 120 años.

En cambio, si la deuda no está pagada al año 30, la Corporación adquiere el 99% de las acciones de B&N S.A. como precio de la prórroga, y la concesión se mantiene vigente solo hasta el pago íntegro.

La rebaja del 40% alterará notoriamente el valor de la acción

Este contexto contractual adquiere una dimensión adicional a la luz de otro hecho reciente. En enero de 2026, el principal accionista de B&N S.A. comunicó a la CMF una Oferta Pública de Adquisición de Acciones (OPA) a un precio de $150 por acción, con el propósito de alcanzar algo más del 66% de la propiedad de la sociedad.

Ese precio sería “superior al precio promedio ponderado de las transacciones bursátiles de los 90 días anteriores”, estimado en torno a $93 por acción, lo que implica un premio de aproximadamente 61% sobre el valor de mercado. En términos generales, ese diferencial podría interpretarse como una prima generosa. Pero hay un elemento que ese cálculo no incorpora: la rebaja de la deuda tributaria.

La condonación de $3.500 millones —y la utilidad financiera reconocida en diciembre del mismo año— no son solo cifras contables. Representan un aumento en el valor patrimonial de B&N S.A. que no estaba incorporado en el precio promedio de los 90 días anteriores a la OPA, periodo que transcurrió antes de que los hechos esenciales fueran comunicados al mercado. En otras palabras, los accionistas que reciban la oferta de $150 por acción estarán vendiendo una sociedad cuyo balance acaba de mejorar sustancialmente —y cuya posición frente a la decisión crítica de 2035 ha cambiado de manera significativa— a un precio calculado sobre una fotografía anterior a ese cambio.

Aníbal Mosa. Comunicó a la CMF una Oferta Pública de Adquisición de Acciones (OPA) a un precio de $150 por acción, sin comentar la rebaja del 40% en la deuda tributaria.

La pregunta que los accionistas minoritarios deberían hacerse es si $150 por acción refleja adecuadamente una sociedad que acaba de reducir en un 40% su principal pasivo y que, en consecuencia, se acerca materialmente a la posibilidad de pagar la totalidad de la deuda tributaria antes de 2035, con todas las consecuencias que ello implica en términos de los plazos de la concesión y la propiedad final de la misma.

La lógica del mecanismo es, por tanto, más sofisticada que la de Azul Azul. El contrato original diseñó una presión estructural sobre B&N S.A. para que pagara la deuda antes del año 30: de no hacerlo, pierde prácticamente toda la sociedad. Pero con una deuda que partió en más de $14.500 millones nominales y creció durante dos décadas, la posibilidad de alcanzar ese pago total antes de junio de 2035 era, hasta hace poco, prácticamente inviable. La rebaja del 40% cambia ese cálculo de manera significativa. Una deuda de $8.840 millones era una carga que B&N S.A. no podía razonablemente cancelar. Una deuda de $5.326 millones sigue siendo cuantiosa, pero se acerca a un umbral que el mercado de capitales —vía bonos, como hizo Azul Azul— podría absorber.

Los verdaderos ganadores del sistema no son los hinchas ni el Fisco: son las sociedades anónimas que administran el fútbol profesional chileno. El sistema creado en 2005, en suma, no solo permitió que los clubes de fútbol acumularan deudas tributarias por décadas sin sufrir las consecuencias que enfrenta cualquier otro contribuyente. También diseñó una arquitectura en la que el pago —o la extinción, de cualquier forma, de esa deuda— opera como palanca para extender el control de las sociedades anónimas sobre los activos deportivos. Lo que fue presentado como un mecanismo de saneamiento tributario resulta ser, visto en perspectiva, un instrumento de consolidación del poder societario sobre el fútbol profesional.

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