
La comuna de Las Condes amaneció sin cuarentena obligatoria después de cuatro semanas de confinamiento, desde el 27 de marzo pasado. De inmediato se notó el aumento de personas en las calles y del flujo vehícular.
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Junto con esto, se registró la primera multa en la comuna por el no uso de la mascarilla en el espacio público. "Se cursó primera infracción por ordenanza 2343/2020, No uso de mascarilla en el espacio público. Se trata de un hombre que estaba en Apoquindo con Los Dominicos", informó el alcalde Joaquín Lavín en su cuenta de Twitter.
Además, Lavín llamó a respetar la normativa, la cual era obligatoria a nivel comunal desde el 6 de abril pasado y desde hoy a nivel nacional, luego del decreto que anunció el Gobierno para frenar los brotes de coronavirus covid-19.
Esta última medida comenzó a regir a partir de las 05:00 horas de este viernes tras su publicación en el Diario Oficial, donde se explica que se entenderá por mascarilla "cualquier material que cubra la nariz y boca para evitar la propagación del virus, ya sea de fabricación artesanal o industrial".
Esta norma deberá ser aplicada por todas las personas que utilicen el transporte público o el transporte privado sujeto a pago. Asimismo, quienes utilicen los ascensores o funiculares, independiente del carácter público o privado de estos y de la cantidad de personas que los estén utilizando. Alcanza también a aquellos que operan los diversos medios de transportes, así como aquellas personas que trabajan en ellos.
Además se detalla que debe usarse mascarilla en los siguientes lugares, siempre que se encuentren 10 o más personas en un mismo espacio:
- Establecimientos educacionales.
- Lugares cerrados como galerías, tribunas, recintos deportivos, gimnasios y estadios (esto no es válido para los deportistas que estén realizando alguna actividad).
- Espacios cerrados de aeropuertos o terrapuertos, teatros, cines, supermercados, casinos, centros comerciales y pequeños comercios.
- Establecimientos de salud, ya sea público o privado.
- Lugares donde se fabriquen y procesen alimentos.
- Espacios cerrados o abiertos de pubs y restaurantes para el personal que atiende.
- Residencias de adultos mayores.
"Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, se exceptúan del uso de mascarillas aquellas personas que estén comiendo en lugares especialmente habilitados para ello", sostiene la resolución.
Quienes no cumplan con la medida podrían recibir sanciones y/o multas de parte de las autoridades por infringir las normas sanitarias.








