"El personaje de Eliana, culpa al personaje de Marco, incluso en ese desenlace fatal, y tratando la autora de revestir sus acciones de legitimidad, para luego mostrar la angustia y desesperación desbordada que experimenta el hijo menor de edad de la víctima". Así describe el fallo de La Corte de Apelaciones de Santiago la escena de "Verdades Ocultas" que determinó una multa de 50 UTM a Megamedia aplicada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV).

Todo por el episodio transmitido el 7 de abril de 2020, cuya escena fue emitida en horario de protección al menor. Así lo detalla el documento compartido por BioBioCL, que expone que una vez "revisado el contenido audiovisual y de qué se trata, el cual fue exhibido dentro del horario de protección, se advierte una sucesión de escenas que no sólo implican el crimen de una persona por motivos pasionales, sino que además se ejecuta el asesinato de manera pausada, no sólo para que la víctima experimente un mayor dolor o sufrimiento físico, sino que además la autora lo somete a una especia de tortura psicológica mientras agoniza, amenazándolo con matar también a las personas que él más quiere, enrostrándole asimismo que su muerte era la consecuencia de no haber correspondido el amor que siente hacia él".

En su defensa, Megamedia expuso que la escena no incluía momentos de excesiva violencia. Además, aseguró que es el propio CNTV el que permite la difusión de imágenes de este tono, siempre y cuando no sean extremas. Algo que la Corte de Apelaciones no estuvo de acuerdo, señalando que lo ocurrido en la historia de "Verdades Ocultas" fue claramente inadecuado para su horario. Por eso, finalmente consideró que esta puede afectar o perturbar la integridad psíquica de los menores de edad.

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