Este domingo 29 de noviembre se realizarán las elecciones primarias para la nominación de candidatos a los cargos de gobernadores regionales y alcaldes de aquellos partidos políticos e independientes que quieren competir en el proceso electoral que se realizará el 11 de abril de 2021.
Desde 2017 rige la Ley N° 20.640, que establece este mecanismo para la nominación de postulantes a los citados cargos, como también para Presidente de la República y parlamentarios, pero contrariamente a una votación abierta a todos los electores habilitados para votar, ésta establece algunos parámetros.
¿Quiénes pueden votar?
Podrán votar las personas independientes y afiliadas de partidos políticos que tengan domicilio electoral en las regiones o comunas en las que el pacto donde participe su colectividad presente candidatos.
Los militantes sólo podrán votar en la elección del pacto del que su partido forme parte. Por ende, recibirán las cédulas electorales con los candidatos únicamente de su pacto.
En cambio, los independientes que quieran participar en el proceso, recibirán las papeletas con todos los candidatos y podrán votar por cualquiera de ellos.
Los electores sin filiación política y habilitados para votar podrán sufragar en estas primarias, siempre y cuando su domicilio electoral esté una de las 36 comunas que realice primarias de alcalde.
¿Quiénes no podrán votar?
Al consultar sus datos en el sitio del Servicio Electoral (Servel) se encontrarán inhabilitados para votar en las Elecciones Primarias 2020:
Quienes no se hayan encontrado habilitados para sufragar en el Registro Electoral al 30 de septiembre
Los afiliados a partidos políticos que no son parte de las primarias
Los afiliados a partidos políticos cuyos pactos no presentan candidatos en el domicilio electoral del afiliado.
Revisa aquí los pactos que presentan candidatos a alcaldes y gobernadores regionales.
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