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Bono Pymes: Conoce si puedes cobrar hasta $2 millones con tu empresa

Estos son los requisitos y montos de este aporte económico para microempresas frente al aumento del salario mínimo.

Bono Pymes 2023.
Bono Pymes 2023. Consulta los antecedentes requeridos. Créditos: Pexels

Las postulaciones al Bono Pymes 2023 iniciaron en el pasado mes de junio, con la finalidad de que microempresas puedan afrontar el aumento del salario mínimo.

De hecho, desde el próximo 1 de septiembre, trabajadoras y trabajadores mayores de 18 años y de hasta 65 años de edad, tendrán un reajuste del salario mínimo que ahora alcanzará los $460.000.

Asimismo, y en caso de que la inflación acumulada en 2023 (IPC enero-diciembre) supere el 6%, el sueldo mínimo será de $470.000 a contar del 1 de enero de 2024.

Si tienes una microempresa y necesitas el Bono Pymes, debes solicitarlo en la página web del Servicio de Impuestos Internos. De ser aprobado, recibirás un primer pago 15 días después de la solicitud, y pagos fijos el último día hábil de cada mes.

Bono Pymes 2023.
El subsidio es para microempresarios. Créditos: Pexels

¿Cuáles son las empresas cubiertas por el Bono Pymes 2023?

Aquellas que trabajan con estos rubros:

  • Restaurantes, discotecas y cabaret.
  • Agencias de viajes.
  • Actividad hotelera.
  • Fábrica de productos en general.
  • Ventas de alimentos, bebidas, textiles, etc.
  • Instituciones educativas.
  • Parque de atracción, sitios de recreación y esparcimiento, entre otras.

¿Cuánto paga el Bono Pymes?

Estas son las características del pago:

  • Las empresas que pagan IVA pueden recibir un bono adicional de hasta 2 millones de pesos.
  • Los negocios liderados por mujeres recibirán un bono adicional equivalente al 20% del monto de un millón de pesos.
  • Las pequeñas y medianas empresas (Pymes) que cuenten con trabajadores suspendidos tendrán la posibilidad de recibir un pago anticipado para cubrir sus cotizaciones.

¿Qué requisitos pide el Bono Pymes?

  • Percibir ingresos anuales inferiores a 25.000 UF.
  • Contar con la contratación de al menos un empleado en el periodo 2020.
  • Tener la declaración de ingresos percibidos por ventas, un mínimo de dos veces en el año 2020 o 2021.
  • Estar incurso en los rubros establecidos para este financiamiento según la ley.

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