
A la hora de acudir a la Dirección de Tránsito de cualquier municipio de Chile para realizar el trámite de la licencia de conducir, los postulantes ya no solo deberán rendir los tradicionales exámenes teóricos, prácticos y de vista, dado que se agregó una importante nueva condición.
Con la reciente promulgación y puesta en marcha de la Ley Jacinta, el proceso sumó una nueva exigencia obligatoria que apunta directamente a verificar las condiciones de salud de los conductores.

¿En qué consiste el nuevo requisito para obtener la licencia de conducir?
De ahora en adelante, cada persona que necesite sacar su documento por primera vez o renovar el que ya posee tendrá que presentar de forma obligatoria una Declaración Jurada de Salud.
En este documento oficial, el solicitante deberá manifestar bajo juramento que no padece de ninguna de las patologías inhabilitantes o restrictivas dictaminadas por los ministerios de Transportes y Salud.
Por su parte, el reglamento publicado en la Ley 21.797 evalúa rigurosamente patologías de base que afecten las capacidades cognitivas o motoras, tales como cardiopatías severas, demencias avanzadas, alzhéimer o adicciones activas.

¿Qué pasa si miento u oculto información de salud?
Ante la ley, ocultar información médica relevante o falsear los datos en el documento legal es considerado una infracción gravísima. Si se comprueba el engaño, la sanción directa es la cancelación inmediata y definitiva de la licencia de conducir.








