
El Bono por Hijo, es un beneficio que otorga el Estado a las madres por cada hijo(a) nacido(a) vivo(a) y que reciba alguna de las pensiones solidarias del sistema de protección social, entre otros requisitos. Se entrega mensualmente y es acumulable con otros beneficios estatales.
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Condiciones o requisitos para postular al Bono por Hijo
El beneficio está destinado a madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009, y a madres titulares de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), a contar del 1 de julio de 2009.
- Las madres afiliadas al sistema del DL N° 3.500: que no tengan afiliación a otro régimen previsional.
- Madres que sean beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
- Madres que, sin estar afiliadas a un régimen previsional, solo perciban una pensión de sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario, sea de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), compañías de seguros, Instituto de Salud Laboral, Mutualidad de Empleadores o del Instituto de Previsión Social.
Las madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009, deben
cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener 65 años de edad o más.
- Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Asimismo, tiene que haber residido en Chile, al menos, cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud del bono.
- Tener ClaveÚnica (solamente si el trámite es realizado en línea).
A las madres que fueron exiliadas y se encuentran registradas en la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, se les considerará tanto el tiempo que vivieron en el extranjero como el residido en Chile.
Valores del Bono por Hijo
El Bono por Hijo comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al
10 % de 18 ingresos mínimos mensuales
(fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años) y se calcula de la siguiente forma:
- Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($ 165.000).
- Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.
Es decir, para el caso de
las y los hijos nacidos este 2020,
el valor del Bono se calcula en base al sueldo mínimo actual, que es de
$320.500,
por lo que por cada hijo recibiría
$576.900 l
os que pasarán a su pensión divididos mensualmente en cuotas de
$48.075
.
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