
Hasta la jornada de este miércoles 5 de agosto, 1.041.881 ciudadanos y ciudadanas han solicitado el Bono 500 mil para la clase media. Esto se debe hacer en la página del Servicio de Impuestos Internos, en el nuevo banner que se habilitó para la operación. Además, el servicio está entregando orientación sobre quiénes pueden acceder al Bono 500 mil, y los requisitos generales establecidos en la ley. Para cada tipo de trabajador, se generó una descripción de sus principales características, con información específica, orientada a facilitar su acceso al bono. Por ejemplo, en el caso de trabajadores dependientes, la Ley N° 21.252 establece que el Seguro de Cesantía se considera como ingreso. Para calcular el bono, el contribuyente al momento de solicitar el beneficio, debe revisar si el valor correspondiente al Seguro de Cesantía del mes de julio (último pago, correspondiente a julio, y no los de otros meses que eventualmente se hayan pagado en julio) es correcto o debe complementarlo. Esto porque la información entregada por la Administradora del Fondo de Cesantía (AFC) al SII, puede no estar completamente actualizada a la fecha. De forma similar, si el trabajador está acogido a algún tipo de acuerdo con su empleador para reducir el monto de su remuneración, debe considerar el valor bruto, sin cotizaciones previsionales, antes de aplicar impuestos, y no el monto líquido o pago final. Para efectos de definir si el contribuyente cumple el requisito de la reducción de al menos un 30% en sus ingresos en el mes de julio, el SII solo contemplará el pago por Seguro de Cesantía correspondiente al mes de julio, y no considerará los de otros meses que se cancelaron durante dicho mes, situación que está siendo corregida en los casos en que se ha presentado.








