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AFP deberá pagar solidariamente pensión de alimentos tras no retener un retiro del 10% a afiliado

Según antecedentes, son más de 500 las resoluciones que dan cuenta de que no se ha cumplido con la retención de montos adeudados por este concepto.

El Juzgado de Familia de Paillaco declaró como "responsable solidaria" a la AFP Capital, luego de que no retuviera el 10% de los fondos de pensiones de un afiliado, quien mantenía una deuda por deuda alimentaria.

De acuerdo a antecedentes, a pesar de que el tribunal había instruido a la empresa a retener el tercer retiro del cliente, hizo el pago por medio de BancoEstado.

Ante dicha situación, la magistrada Lucía Massri Ergas decretó que AFP Capital es "responsable solidaria" por el no pago de la pensión alimenticia, por lo que le ordenó "bajo apercibimiento de multa y arresto a su representante, pagar lo adeudado con fondos propios en un plazo de 10 días".

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La situación deja de manifiesto otro problema que ha surgido con el tema de los retiros, ya que de acuerdo a Emol, hay un total de 581 resoluciones de los tribunales en todo el país que no se cumplieron o que bien no se retuvieron los montos adeudados de pensiones alimenticias.

Entre los inconvenientes que se presentaron, se cuenta la entrega a los afiliados que mantienen deudas de pensiones del 10%, demoras en un rango entre tres a cinco meses en depositar, así como también la retención de un monto menor o superior al calculado y resuelto por los tribunales.

De hecho, con respecto al caso descrito anteriormente, el afiliado recibió $1.032.707 con su retiro. En tanto, el Juzgado de Familia de Paillaco declaró que AFP Capital es "solidariamente responsable de la deuda" del involucrado, cuyo monto es de $847.592.

El tribunal expuso en el fallo que "esta suma deberá ser depositada a la cuenta de ahorro a la vista de la demandante, dentro de un plazo no superior a diez días hábiles, de conformidad a lo dispuesto en ley".

Finalmente, el Juzgado de Familia sumó que si la AFP no acata, en definitiva "se procederá a aplicar las multas o derechamente el arresto por dos meses".

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