Rezagos AFC: ve si tienes dinero disponible para cobrar por el Seguro de Cesantía

Estos corresponden a una alternativa para recuperar montos "perdidos" en la Administradora de Fondos de Cesantía.

Los Rezagos de la AFC corresponden a una de las alternativas de cobro de la que dispone la Administradora de Fondos de Cesantía, mediante la cual se puede acceder a dineros "perdidos" que pueden ser recuperados por parte de las personas.

Estos montos son recolectados mediante el pago de cotizaciones que, por distintas razones, no fueron abonadas a la Cuenta Individual de Cesantía (CIC); que se ingresaron indebidamente en exceso o erróneamente; o bien, que hayan sido para trabajadoras y trabajadores no acogidos por el Seguro de Cesantía.

Al respecto, hay que distinguir entre los rezagos de la AFC ya que pueden entrar en dos categorías: por aclarar (pagos de cotizaciones que no llegaron a su CIC) y por devolver (cotizaciones pagadas por un monto superior al establecido en la ley o que se realizaron de manera errónea).

Cabe mencionar que en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) también se producen rezagos, por lo que también cuenta con un sistema de recuperación para esos montos.

Rezagos AFC: revisa si tienes dinero disponible de cobro

Para consultar la situación personal con relación a los rezagos de la AFC, hay que ingresar a la "Sucursal Virtual" en la plataforma del organismo (hacer clic aquí), a través de la Clave Única o la contraseña del sitio.

Una vez dentro, se puede revisar en "rezagos por devolver" si es que existen dineros que fueron cotizados en exceso y que deberían ser cobrados desde el Seguro de Cesantía.

Cabe señalar que los que entran en la categoría de "por aclarar", el trámite se configurará en la insersión de esos montos en la CIC en la AFC, y no en la transferencia a la cuenta bancaria.

¿En cuántos días se pagan los Rezagos AFC? 

En el caso de que la o el afiliado tenga rezagos por cobrar, podrá elegir el medio el cual recibir el dinero: cuenta bancaria, Banco Estado o Servipag. La AFC tiene 15 días para aprobar el pago y hacerlo llegar.

No es requisito estar cesante, ni presentar documento alguno.
https://www.youtube.com/watch?v=iJ4vuYDmZTk