Servicios

Bonos para cesantes: ve si te corresponden los beneficios y cómo solicitarlos

Para recibir los aportes, y en caso de buscar nuevos trabajos, es fundamental tener firmado el finiquito.

En el marco de la emergencia sanitaria, el desempleo ha sido una de las afectaciones más importantes, el cual incluso alcanzó el 10% durante este 2021. Orientado a estos sectores de la ciudadanía, el Estado dispone una serie de beneficios para personas que se encuentren cesantes.

Uno de los aspectos fundamentales es contar con el finiquito, ya que corresponde al documento que certifica el término de una relación laboral entre un trabajador y un empleador, por lo cual debe estar firmado por ambas partes.

En la misma línea, desde el Gobierno se busca la reactivación de la economía y la recuperación de los empleos formales. Con este objetivo, se dispuso del IFE Laboral, beneficio que entrega un aporte en dinero y que es compatible con el IFE Universal, el que claramente también seguirá siendo entregado a personas cesantes.

¿Cuáles son los bonos para cesantes?

Seguro de Cesantía 

Trabajadoras y trabajadores dependientes con contrato (indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicio) pueden acceder al Seguro de Cesantía. Están afiliados automáticamente, todos quienes iniciaron actividades laborales a partir del 2 de octubre de 2002.

Este consiste en entregar los recursos que el empleador aporta mensualmente del sueldo del trabajador, más lo que el propio trabajador ha juntado a lo largo de su vida laboral en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Estos son los beneficios que entrega:

  • Un monto de dinero.
  • Beneficios de salud.
  • Pago de asignación familiar.

La solicitud se debe realizar directamente en la página del Seguro de Cesantía (AFC) donde debes ingresar tu RUT y clave AFC, o también mediante Clave Única. Este aporte estará disponible hasta el 6 de octubre de 2021.

Fondo de Cesantía Solidario 

Este aporte garantiza beneficios a afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual de cesantía al momento de perder su trabajo.

El fondo se financia con aporte estatal y con el 0,8% de la cotización del empleador (para quienes tienen contrato indefinido) o el 0,2% de la cotización del empleador (si es contrato a plazo fijo, por obra o faena). Se puede solicitar hasta 10 veces en cinco años.

Para realizar la solicitud, se debe acudir a una sucursal de AFC Chile con el finiquito ratificado por un ministro de fe u otro documento que acredite su cesantía y Cédula de Identidad vigente.

Subsidio de Cesantía

Permite a trabajadores que no están afiliados al seguro de cesantía acceder a una ayuda económica mensual, por un período máximo de 360 días. Entre los atributos destaca asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud, recibir asignación familiar y asignación por muerte, en caso de fallecer.

Este debe ser solicitado ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (Instituto de Previsión Social o caja de compensación), la que será la encargada de su pago.

Cuenta de ahorro de indemnización 

Este aporte complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios (y a la cobertura del Seguro de Cesantía). Puede ser cobrada en la respectiva AFP donde se está afiliado, presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo.

Para los trabajadores dependientes en general, esta cuenta se puede abrir pactando con el empleador el aporte mensual de este último para cubrir la indemnización a todo evento.

Para los trabajadores de casa particular, esta indemnización está establecida en la ley, por lo que los empleadores tiene la obligación de efectuar los aportes y el trabajador el derecho de cobrar la prestación al término del contrato. Además de esta indemnización, por ley, desde el 1 de octubre de 2020, los trabajadores de casa particular también tienen derecho al Seguro de Cesantía.

Tags

Lo Último

Más de EnlaHora

Recomendados