El cambio de domicilio electoral fue habilitado desde 1 de enero de 2022 por el Servicio Electoral (Servel), para quienes deseen cambiar su lugar de votación para el Plebiscito de Salida de la Nueva Constitución que se está redactando.

Cabe recordar que, a diferencia del carácter voluntario del voto de las demás elecciones, el Plebiscito de Salida será obligatorio, por lo que todas las personas habilitadas para votar en el padrón electoral deberán concurrir a las urnas para manifestar si refrendan o no el nuevo texto que redacta la Convención Constitucional.

La solicitud de cambio de domicilio electoral no tiene un plazo determinado para realizarse, ya que el Plebiscito de Salida está sujeto al término de la redacción de la nueva Carta Fundamental.

Eso sí, la aceptación de las solicitudes de cambio de domicilio electoral se verán reflejadas en consulta.servel.cl en un plazo de 20 a 25 días hábiles.

Cabe destacar que la Convención Constitucional, a partir del 4 de julio de 2021, tiene un plazo de 9 meses y un máximo de 12 meses para redactar el texto, por lo que a mediados de este 2022 el país vivirá la votación para aprobar o rechazar la nueva Carta Fundamental.

¿Cómo hacer el cambio de domicilio electoral?

El trámite de cambio de domicilio electoral se puede realizar en la página cambiodomicilio.servel.cltrámite para el cual se necesita Clave Única.

No obstante, también se puede realizar de manera presencial en las oficinas del Registro Civil, ChileAtiende, Direcciones Regionales del Servel, PDI y/o pasos fronterizos.

Chilenos en el extranjero

Al igual que sus compatriotas, el periodo habilitado para la solicitud de cambio de domicilio electoral también rige para las chilenas y chilenos nacidos en el extranjero, asignándoles una circunscripción y mesa receptora de sufragios, y también para quienes deseen incorporarse al Registro Electoral. Estos últimos deben cumplir con cuatro requisitos para realizar el trámite:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Ser ciudadano chileno.
  • Tener cédula de identidad o pasaporte vigente.
  • Cumplir con el requisito de avecindamiento (la Constitución establece que el elector deberá haber estado avecindado en Chile por más de un año, lo que será certificado por Policía Internacional).

Si la persona cumple con aquellas exigencias podrá realizar el trámite en cualquier consulado de Chile en el mundo o en las direcciones regionales del Servel en el país. En ambos casos, se deberá rellenar un formulario de incorporación.

Una vez realizado el trámite, el resultado será informado mediante un correo electrónico o una carta certificada.

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