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Aguinaldo Navidad se paga en diciembre: Este es el monto que recibirá el sector público y pensionados

Conoce cuáles son los requisitos que deben cumplir pensionados y trabajadores del sector público para recibir el Aguinaldo Navidad 2022.

El Aguinaldo Navidad, también conocido como Bono Navidad, es un beneficio del Estado que se paga en diciembre tanto a funcionarios del sector público como a pensionados.

Este aporte se otorga a todas las personas que cumplan los requisitos establecidos por ley para el sector público y para pensionados. En el caso de trabajadores del sector privado, no es una obligación su entrega, ya que depende del empleador.

Cabe destacar que el Aguinaldo Navidad se entrega junto a la pensión de las y los adultos mayores, en el mismo día que la reciben habitualmente. Mientras que para el sector público no hay una fecha específica de diciembre. No obstante, el dinero se pagará antes del 24 de ese mes.

¿Cuáles son los montos de pago del Aguinaldo Navidad?

Pensionados

Para estas personas de la tercera edad, el Bono Navidad 2022 será de $25.150. Además, se puede recibir un pago extra de $14.209 por cada persona que, al 30 de noviembre de 2022, tengan acreditada como carga familiar.

Sector público

Para las y los funcionarios públicos, el monto del Aguinaldo Navidad de este año corresponde a:

  • $63.062, para quienes tienen una remuneración líquida igual o inferior a $842.592

  • $33.358, para aquellos/as cuya renta líquida supere los $842.592.

¿Quiénes reciben el Aguinaldo Navidad?

Pensionados

Recibirán el Bono Navidad quienes, al 30 de noviembre de 2022, tengan alguna de estas calidades:

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).

  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

  • Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).

  • Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.

  • Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.

  • Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).

  • Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).

  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11).

  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.

Trabajadores del sector público

Según los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Ley 21.405, las y los funcionarios que pueden recibir el Aguinaldo Navidad son quienes desempeñen en cargos de planta o a contrata en alguno de los siguientes organismos:

  • Universidades estatales.

  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).

  • Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.

  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.

  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.

  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.

  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.

  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.

  • Corporaciones de Asistencia Judicial.

  • Tribunales tributarios y aduaneros.

  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.

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