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Subsidio Único Familiar: ¿Cómo obtener el beneficio, quién puede recibirlo y cuánto dinero entrega?

Este aporte corresponde a uno de los principales aportes que se entrega desde antes de la pandemia del Covid-19 y está destinado principalmente a madres que tengan sus cargas familiares debidamente registradas.

El Subsidio Único Familiar (SUF) es una ayuda otorgada por el Estado para apoyar a padres, madres o tutores que estén a cargo de niños y adolescentes menores de 18 años. Para poder postular, se debe presentar una solicitud a la municipalidad respectiva entregando los antecedentes que se indican en la pagina de Chile Atiende.

El requisito más importante necesario para adquirir este beneficio es pertenecer al 60% de la población más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH). Luego de la entrega de la solicitud, la misma municipalidad deberá comprobar que se cumplan con los requisitos.

Se entrega una suma $14.366 por un periodo máximo de tres años por cada integrante del grupo familiar. Si se trata de personas con discapacidad, se puede acceder a un monto mayor de $28.732. De esta forma, este puede ser un aporte para las familias que más lo necesitan, en especial para quienes reciben el sueldo mínimo.

¿A quienes va dirigido el SUF?

El Subsidio Único Familiar es para aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas a la mantención y crianza del causante de esta asignación en el siguiente orden:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidos de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal)

¿Quiénes son beneficiarios?

Son causantes del SUF quienes vivan a expensas de la persona beneficiaria que:

  • Sea menores de edad y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil hasta los 8 años, y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Único Familiar.
  • Acreditar que los niños mayores de 6 años son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por éste; a menos que fueren personas con discapacidad.
  • Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.

¿Cuáles son los montos de pago del SUF este 2022?

El monto que entrega el aporte de este 2022 es de $14.366 por cada carga familiar y de $28.732 por cada integrante en situación de discapacidad.

Para conocer la fecha de pago de este beneficio, puedes ingresar al portal de consultas que dispone Chile Atiende. Una vez en él, debes digitar tu RUT y automáticamente se desplegará la información con el día exacto en que te llegará el dinero.

¿Cómo solicitar el Subsidio Único Familiar?

El aporte se debe solicitar por escrito en la municipalidad que corresponda al domicilio. Además, es requisito que persona no debe estar en situación de proveer, por sí solo o en unión del grupo familiar, a la mantención y crianza del causante, atendidas las condiciones sociales y económicas del beneficiario.

Los documentos que se piden presentar normalmente en el municipio para solicitar el SUF son:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor de edad.
  • Fotocopia del carnet de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
  • Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), correspondiente al domicilio del causante.
  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores de edad y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

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