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Bono Invierno: Conoce si tienes pendiente los 70 mil pesos que entrega este beneficio

Durante esta semana comenzó el invierno, época del año en la que aumentan los gastos de las familias debido al uso de calefacción en los hogares, por eso este beneficio es una buena medida.

Durante esta semana comenzó el invierno, época en que se incrementan los gastos de las familias, sobre todo porque con el frío aumenta el uso de calefacción en los hogares. Por este motivo existe el Bono Invierno, un beneficio que se entrega a partir de mayo y por una sola vez a los pensionados.

Para este año el Gobierno estima que un millón 450 mil personas puedan obtener este beneficio, quienes recibirán $70.000, monto que se entrega de manera automática a los jubilados dentro del pago de su pensión.

Cabe recordar que este aporte se entrega a todos aquellos que reciban una pensión menor o igual a $182.000, monto qu eno incluye el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o la Pensión Garantizada Universal (PGU).

Revisa con tu RUT si tienes pagos pendientes del Bono Invierno

Para consultar si tienes pagos pendientes de este aporte, haz clic aquí e ingresa tu RUT. En esta página de Chile Atiende también podrás conocer si eres o no beneficiario(a) y cuál es la forma y fecha de pago del Bono Invierno.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono Invierno?

Recuerda que para ser beneficiario(a) se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años de edad cumplidos al 1 de mayo de 2022.
  • Recibir una pensión inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez vigente para mayores de 75 años (182.167 pesos, sin incluir el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o Pensión Garantizada Universal (PGU), si lo hubiere).

Y, además, deben ser pensionados y pensionadas de alguna de las siguientes instituciones:

  • Instituto de Previsión Social (como ex INP; es decir, de las excajas de reparto).
  • Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
  • Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • Mutualidades de empleadores.
  • Pensionados y pensionadas del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o APSV.
  • Beneficiarios y beneficiarias de la PGU.

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